El Gobierno reglamentó este viernes -en el Día Internacional de la Mujer- la ley de Paridad de Género en Ámbitos de Representación Política. Esta norma establece que las listas de candidatos que se presenten para las elecciones de legisladores nacionales "deben integrarse ubicando de manera intercalada a mujeres y varones (...) de modo tal que no haya dos personas continuas del mismo género en una misma lista".
El objetivo del decreto es garantizar que todas las listas compitan según el principio de paridad de género, y se integren con un 50% de candidatos de cada sexo. En caso de que se considere que una lista no cumple con la ley, "todas las personas inscriptas en el padrón electoral de un distrito tienen derecho a impugnarla ante la Justicia Electoral".
"Es un paso trascendente en el objetivo final de conseguir la plena igualdad de la mujer en la vida política e institucional del país", dijo Adrián Pérez, el secretario de Asuntos Políticos e Institucionales del Ministerio del Interior.
Fabiana Túñez, directora ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (INAM), destacó que se están "dando pasos concretos para hacer realidad la igualdad de oportunidades y derechos entre varones y mujeres en nuestro país y, de esa manera, estamos haciendo de la nuestra una verdadera democracia",
Esta ley también busca afirmar el principio de paridad al interior de las organizaciones partidarias. El decreto le da la potestad al juez electoral a que intime al partido que "incumpla con la paridad de género en la composición de sus órganos partidarios a subsanar dicha circunstancia, bajo apercibimiento de declarar la caducidad de la personalidad política".
El decreto lleva el número 171/2019, y reglamenta la ley 27.412, aprobada en el Congreso en noviembre de 2017, por el apoyo de diputadas de todos los bloques.