La Dirección General de Rentas eliminará a partir de 2017 la denominada Cuota 50, a través de la cual los contribuyentes que tenían deudas pagaban al final del año el equivalente al descuento del 30 por ciento en los inpuestos Inmobiliario y Automotor.
El Ministerio de Finanzas indica que aunque se continuará con la rebaja del 30 por ciento para los contribuyentes cumplidores, "se propone simplificar el procedimiento de aplicación".
De ese modo, y a diferencia de años anteriores, se liquidará el impuesto por el 70 por ciento de su importe sólo para aquellos contribuyentes que estén al día, vale decir, los que no registren deudas por años anteriores al 31 de diciembre.
En cambio, a aquellos que estén en una situación irregular, se les liquidará el impuesto anual al 100 por ciento, es decir, sin posibilidad de obtener el beneficio del 30 por ciento.
Se aclaró que, si al 30 de junio del año corriente el contribuyente salda sus deudas, gozará del beneficio de la rebaja del 30 por ciento, pero "sobre las cuotas que restan por vencer".