El Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social Nº 9, a cargo de la jueza Silvia Saino, rechazó este martes el amparo colectivo que había presentado la Defensoría de la Tercera Edad por la presunta inconstitucionalidad de la suspensión de la fórmula de movilidad jubilatoria.
La Justicia aceptó que cada jubilado o pensionado haga su propio reclamo de manera individual.
Si bien la jueza reconoce que la fórmula de movilidad suspendida, a partir de marzo, era del 11,56 por ciento, consideró que no hay "situaciones homogéneas". Eso significa que es necesario analizar caso por caso para tomar una determinación.
El defensor de la Tercera Edad, Eugenio Semino, y los abogados que patrocinaron la demanda, advirtieron que presentarán un per saltum y apelarán ante la Corte Suprema de Justicia.
El recurso del per saltum es una herramienta legal que opera una vez que una causa tiene sentencia del juzgado de primera instancia. En el caso que revista gravedad institucional, quien apela puede llevar el caso directamente al máximo tribunal evitando pasar por la segunda instancia, al requerir una rápida respuesta.