El Gobierno nacional oficializó este lunes una nueva medida para conseguir que los sectores exportadores aceleren el proceso de liquidación de divisas frente a las crecientes necesidades del mercado interno.
A través del decreto 661/2019, que se publicó en el Boletín Oficial, la Casa Rosada estableció que "el pago de los estímulos a la exportación previstos en la Sección X de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificaciones estará sujeto a que los exportadores hayan previamente ingresado al país y/o negociado en el mercado de cambios las correspondientes divisas de acuerdo con la normativa vigente".
La disposición se justificó ante "los recientes acontecimientos económico - financieros desencadenados en el país" porque, se indicó en el texto oficial, "hicieron necesaria la adopción de diversas medidas transitorias para regular, entre otros aspectos, el régimen de cambios y el flujo de divisas provenientes del comercio exterior".
Decreto 661/2019, Boletín Oficial. by Via País on Scribd
Asimismo, se remarcó que "hasta el 31 de diciembre de 2019, el contravalor de la exportación de bienes y servicios deberá ingresarse al país en divisas y/o negociarse en el mercado de cambios en las condiciones y plazos que establezca el Banco Central".
"En ese contexto, se considera adecuado establecer, como condición para el pago de los estímulos a la exportación, que se haya cumplido con el respectivo ingreso de divisas y/o su negociación en el mercado de cambios de acuerdo con la normativa vigente", reiteró la publicación del Gobierno.
Por Corresponsalía Buenos Aires.