"Opino que corresponde que la investigación continúe ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 35, de Buenos Aires, señaló el procurador General de la Nación Eduardo Ezequiel Casal, en la causa que se encuentra en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, para definir la competencia donde se debe investigar la denuncia por presunto abuso sexual contra el exgobernador y actual senador nacional, José Jorge Alperovich.
En los considerandos dice que “los jueces del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional N° 35, de Buenos Aires y del Juzgado de Instrucción N° 2, de San Miguel de Tucumán se declararon incompetentes para conocer respecto de la denuncia presentada por la sobrina del ex mandatario por hechos reiterados “que se habrían cometido de manera continuada en ambas jurisdicciones”.
Más adelante indica que el 20 de diciembre de 2019, la “Cámara Nacional de Apelaciones, por recurso interpuesto por el representante del Ministerio Público, en conjunto con la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, revocó lo decidido por el juez nacional y le ordenó continuar el trámite de la causa” También remarca que “por su parte, la defensa Alperovich apeló la declaración de incompetencia del juez local, reclamo que tuvo respuesta favorable del tribunal de alzada, el 14 de enero siguiente, cuando resolvió declarar la competencia de la justicia provincial para conocer con respecto a los hechos que habían tenido lugar en el territorio de Tucumán y elevar lo actuado a la corte Suprema”.
Casal sostiene que “cuando los distintos episodios relacionados tuvieron lugar en diversas jurisdicciones, la determinación del tribunal competente habrá de favorecer al órgano que esté en mejores condiciones de dar la respuesta judicial más efectiva, y en especial si se trata de conflictos de violencia de género, garantizar un adecuado acceso a la justicia por parte de la víctima”.
Luego agrega que “entiendo que es determinante, en este sentido, que en la causa que tramita bajo la dirección del juzgado nacional, al que la denunciante acudió primero y en cuya jurisdicción se habría cometido el primer hecho, se hayan ordenado diversas medidas de prueba, algunas ya ejecutadas y otras en pleno desarrollo”.