La madre de un niño y una niña con discapacidad cognitiva fue condenada a 16 años de prisión por el abuso sexual de ambos durante una década. La misma pena dictaron para sus hermanos de 49 y 59 años por los delitos denunciados en Cayastá, unos 70 kilómetros al norte de la capital provincial.
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Las tres personas imputadas aceptaron su responsabilidad penal a través de un procedimiento abreviado. El acuerdo fue homologado por el tribunal que integraron Rosana Carrara, Héctor Gabriel Candioti y Luis Octavio Silva en la capital provincial.
Según la investigación del Ministerio Público de la Acusación (MPA) arrojó que la mujer de 47 años y sus hermanos agredieron sexualmente a los chicos de manera sistemática desde que tenían edad para cursar la primaria.
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La fiscal Rosana Marcolín recordó que la causa se abrió a partir de la advertencia de autoridades locales en Cayastá. Puntualmente señaló que el Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas había recibido aviso sobre “situaciones sospechosas en relación a las personas que vivían en la casa junto con las víctimas”.
Castigos físicos y amenazas en Cayastá
“Los abusos sexuales eran cometidos por los dos hombres en perjuicio de la niña y del niño”, detalló la funcionaria. Por otra parte, agregó que la madre permitía los ataques, “los observaba y luego amenazaba a sus hijos y hasta los castigaba físicamente para que no contaran lo que les hacían sus dos tíos”.
“Entendemos que la pena impuesta es justa en virtud de los ilícitos cometidos”, argumentó la fiscal. Al respecto, subrayó que el juicio abreviado tuvo en cuenta “la reiteración durante años de los abusos, el daño infligido, el peligro al que fueron expuestas las víctimas y el hecho de que la niña quedó embarazada como consecuencia de los abusos”.
Las dos personas abusadas ya son mayores de edad y plantearon ante el MPA que querían cerrar el proceso penal lo “más rápido posible” para “no tener que revivir los hechos en ninguna instancia judicial”. Cuando les informaron sobre la posibilidad de evitar esa instancia, manifestaron su acuerdo.
La pena impuesta a las tres personas fue por abuso sexual con acceso carnal reiterados y agravados por la calidad de convivientes con las víctimas y corrupción de menores. “A los dos hombres se les atribuyeron los delitos como coautores, mientras que a la mujer como partícipe necesario”, indicó Marcolín.