Claudia Puertas, jueza de Garantías salteña, rechazó el pedido de nulidad que había presentado la defensa del exintendente de Campo Quijano, Manuel Cornejo, imputado por incumplimiento de sus deberes como funcionarios público y malversación de fondos.
La nulidad estaba planteada sobre el del informe contable de egresos bancarios presentado por el denunciante, y por tanto sobre todos los actos procesales contemporáneos y consecutivos que de él dependan. Pero la jueza consideró que no existe ningún perjuicio causado al imputado, porque Cornejo tuvo pleno acceso a la investigación, y la oportunidad de dar las explicaciones correspondientes y hacer un descargo.
Agregó que, al tratarse de constancias documentales extraídas de los registros informáticos de entidades bancarias, no se advierte la referencia a la violación de la cadena realizada por la defensa, y destacó que tampoco se trata de actos de naturaleza irreproducible.
Dijo además que conforme lo prevé el código procesal penal de la Provincia, los actos procesales sólo serán nulos cuando no se hubieran observado las disposiciones expresamente prescriptas bajo sanción de nulidad, lo que no ocurre en este caso, ya que el razonamiento de la defensa en materia del debido proceso legal resulta forzado en este aspecto.
Como se recordará, Cornejo se encuentra imputado por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, peculado (cuatro hechos), todo en concurso real. En la misma causa, Carmen Rosa Méndez está acusada por incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y peculado, todo en concurso real.