En una sesión histórica del Concejo Municipal de Rosario, y con la presencia de representantes de organizaciones de seguridad vial, se aprobó la ordenanza de alcohol cero al volante.
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La normativa establece la prohibición de cualquier tipo de concentración de alcohol en sangre para quienes conducen “cualquier tipo de vehículo a motor existente en la vía pública y todo tipo de vehículo a motor registrado y homologado que se incorpore a la circulación en vía pública desde la sanción de esta ordenanza en adelante”.
“Cuando se compruebe que el conductor ha superado el cero gramo de alcohol por litro de sangre y/o conduzca bajo los efectos de droga o estupefacientes, y no existiendo otra causal de remisión al momento del procedimiento, la autoridad de aplicación podrá permitir la cesión de la conducción del vehículo a una persona que pueda hacerse presente en el lugar en un término máximo de 20 minutos contados desde el momento de la finalización del primer control”, señala el texto.
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Esto ocurrirá siempre que se dé cumplimiento a las siguientes exigencias y las circunstancias del entorno sean propicias:
a) Que quien se haga responsable de la conducción cumpla con los requisitos para la circulación, conforme lo establecido en el Artículo 36º de la presente ordenanza;
b) Que el control de alcoholemia al que fuese sometido previo a tomar la conducción, arroje un resultado igual a cero y el control de drogas y estupefacientes no sea positivo.
Cuando sea proceda a la cesión de la conducción, el inspector actuante, retendrá preventivamente la licencia de conducir del presunto infractor, la que será remitida a la Dirección General del Tribunal Municipal de Faltas con las actuaciones.
La iniciativa se aprobó con 18 votos a favor y nueve en contra.