¿Cómo trabajarán los comercios el 30 de abril?

Fue anunciado como día no laboral con fines turísticos y generó más dudas que certezas. Conocé los detalles de su implementación.

El lunes 30 fue decretado como día no laborable con fines turísticos.(Archivo)
El lunes 30 fue decretado como día no laborable con fines turísticos.(Archivo)

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial los feriados del 2018 e incluyó al lunes 30 de abril y al 24 y 31 de diciembre como "día no laboral con fines turísticos". Al estar pegado al martes 1 de mayo, algunos podrán disfrutar de un fin de semana largo.

El día no laboral deja a todos los sectores públicos, incluyendo a escuelas y universidades, como un feriado turístico. Sin embargo, en el caso del sector privado, cada empresa deberá decidir si se trabaja y la modalidad.

¿Se debe abonar un adicional?

Este feriado con fines turísticos no implica ningún pago adicional para el trabajador, cosa que sí está impuesta para los feriados como el del 1° de mayo.

En caso de que el empleador opte por no abrir sus puertas el jornal será igualmente abonado.

Los feriados restantes del año son:

25 de mayo - viernes: Día de la Revolución de Mayo.

17 de junio - domingo: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.

20 de junio - miércoles: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.

9 de julio - lunes: Día de la Independencia.

20 de agosto - lunes (fecha original 17 de agosto): Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.

15 de octubre - lunes (fecha original 12 de octubre): Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

19 de noviembre - lunes (fecha original 20 de noviembre): Día de la Soberanía Nacional.

8 de diciembre - sábado: Día de la Inmaculada Concepción de María.

24 de diciembre - lunes: Día no laborable.

25 de diciembre - martes: Navidad.

31 de diciembre - lunes: Día no laborable.