Pondrán en vigencia la ley modificada de ART

Los accidentes laborales deberán pasar por una comisión médica antes de iniciar el juicio.

Peppo firmó el acuerdo para poner en vigencia la ley modificada de ART.
Peppo firmó el acuerdo para poner en vigencia la ley modificada de ART.

Chaco pondrá en vigencia la modificada ley de Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) en los próximos 90 días informó este miércoles a Télam el ministro provincial de Hacienda Pública, Cristian Ocampo. La modificación a ley de Riesgo del Trabajo fue aprobada en 2017 por el Congreso Nacional y tuvo la adhesión de la Legislatura chaqueña en julio del año pasado.

Para hacer operativa a la ley, el gobernador Domingo Peppo firmó ayer un acuerdo con autoridades de la Superintendencia de Riegos de Trabajo donde se establecieron las condiciones necesarias requeridas. Los accidentes laborales de los trabajadores deberán pasar por una comisión médica, antes de iniciar un juicio, que tendrán una sede fija en Resistencia y otra en Sáenz Peña que también será itinerante.

Esas comisiones serán "la instancia administrativa previa, de carácter obligatorio y excluyente de toda otra intervención, para que el trabajador afectado, contando con el debido patrocinio letrado, solicite la determinación del carácter profesional de su enfermedad o contingencia, la determinación de su incapacidad y las correspondientes prestaciones dinerarias previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo".

El gobierno provincial fijó a las comisiones médicas el plazo máximo de 60 días hábiles administrativos para expedirse sobre los casos. Ese plazo será prorrogable por "cuestiones de hecho relacionadas con la acreditación del accidente de trabajo o de la enfermedad profesional, debidamente fundadas".

También se indicó que "las resoluciones homologatorias y aquellos decisorios de las Comisiones Médicas que no fueren motivo de recurso por las partes, pasarán en autoridad de cosa juzgada administrativa". También se marcó que "las acciones judiciales con fundamento en otro sistema de responsabilidad sólo podrán iniciarse una vez agotada la vía administrativa y se extiende el plazo de incapacidad laboral temporaria (ILT) a 2 años".

A esto se añade que "las prestaciones dinerarias e indemnizaciones que se liquiden administrativa o judicialmente deberán depositarse en la cuenta sueldo del respectivo trabajador".

Se indicó que "la ampliación de la cobertura del trabajador siniestrado en caso de extinción del contrato por falta de pago del empleador, por las contingencias ocurridas dentro de los tres meses posteriores a la extinción y sólo por prestaciones en especie".