La AFIP extiende el plazo para acceder a beneficios por la Emergencia Comercial

Los comerciantes tendrán tiempo hasta el 30 de junio para obtener la suspensión de intimaciones y ejecuciones fiscales.

AFIP. (WEB).
AFIP. (WEB).

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de junio próximo el plazo para presentar una nota ante este organismo a los fines del otorgamiento del beneficio de suspensión de intimaciones y ejecuciones fiscales, como consecuencia de la Emergencia Comercial declarada por el gobierno chubutense.

Lo hizo a través de la resolución general 4487/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial. El gobierno de Chubut declaró el estado de emergencia comercial en todo el territorio provincial, hasta el 31 de diciembre próximo.

Por su parte, la AFIP suspendió hasta la misma fecha la emisión y gestión de intimaciones por falta de presentación o pago, así como la iniciación de juicios de ejecución fiscal y el cobro de las deudas reclamadas, correspondientes a los sujetos alcanzados por los beneficios previstos en la emergencia.