Prisión preventiva por estar acusado de abusar sexualmente de su pareja y a dos hijas de ella

El imputado tiene 53 años y sus iniciales son OFM. Se le endilgó haber cometido los ilícitos en un contexto de violencia de género económica, psicológica y física.

Prisión preventiva por estar acusado de abusar sexualmente de su pareja y a dos hijas de ella
Una menor vivió un calvario y es que fue abusada cuando tenía 10 y 15 años.

Quedó en prisión preventiva sin plazo un hombre de 53 años, cuyas iniciales son OFM, al que se investiga por abusos sexuales en Rafaela (departamento Castellanos). Se le atribuyó haber cometido los ilícitos en perjuicio de una mujer que era su pareja y de dos hijas de ella que son menores de edad.

La cautelar fue dispuesta por la jueza Cristina Fortunato, en una audiencia que se desarrolló de manera remota en los tribunales rafaelinos. Por su parte, la privación de la libertad fue solicitada por la fiscal de la Sección Violencia de Género, Familiar y Sexual (GEFAS) de la Fiscalía Regional 5, Gabriela Lema.

En cuanto a los hechos que se investigan, Lema informó que “todos los ilícitos se enmarcaron en un claro contexto de violencia de género económica, psicológica y física que el imputado ejercía”.

Abusos

La fiscal puntualizó que “las víctimas menores de edad transitaban su escolaridad primaria al momento de los abusos”. En tal sentido, afirmó que “entre 2017 y 2019, el hombre que quedó en preventiva agredió sexualmente a una de las niñas en distintos domicilios que compartieron en Rafaela”. Según remarcó, “para procurar su impunidad, amenazó con matar a la madre de la pequeña o ‘dejar en la calle’ al resto del grupo familiar si alguien se enteraba de lo sucedido”.

“En tanto, durante el primer semestre de 2017, el investigado abusó de manera reiterada de la otra hija de su pareja en el marco de la convivencia que mantenían”, relató Lema. “Concretaba las conductas delictivas cuando la madre de la niña se iba a trabajar y lo dejaba a él a cargo”, especificó.

“Por sus características, las situaciones abusivas tuvieron entidad suficiente para afectar el desarrollo libre y progresivo de la sexualidad de ambas víctimas”, subrayó la funcionaria del MPA.

Por otro lado, Lema manifestó que “entre octubre y noviembre de 2018, el hombre de iniciales OFM agredió sexualmente a su pareja en diferentes ocasiones en un inmueble en el que residían”. Al respecto, expuso que “en esa época, la víctima estaba convaleciente tras el parto de una de sus hijas y él la obligó a realizar prácticas sexuales a pesar de su oposición”, y resaltó que “ejerció violencia sobre la mujer para lograr su cometido sin el consentimiento de ella”.

Peligros procesales

Lema destacó que “sobre la base de las evidencias que presentamos, la jueza consideró acreditadas con la provisoriedad requerida en esta etapa procesal la materialidad de los hechos y la probable autoría”.

“Además, la magistrada sostuvo que en virtud de la calificación legal de los ilícitos que le endilgamos al hombre investigado, la pena en expectativa es alta y de cumplimiento efectivo”, precisó la fiscal.

Asimismo, la funcionaria del MPA señaló que “para disponer la prisión preventiva, la jueza tuvo en cuenta que la libertad del imputado podría poner en peligro la declaración de las víctimas, quienes son tres mujeres sumamente vulnerables, por lo que es necesario resguardar sus testimonios durante el proceso”.

Finalmente, Lema mencionó que “la magistrada planteó que las medidas alternativas a la prisión preventiva que propuso la Defensa no eran suficientes para neutralizar los peligros procesales”.

Calificaciones penales

Al hombre de 53 años se lo investiga como autor de abuso sexual con acceso carnal agravado (por la guarda y por haber sido en contra de una menor de 18 años con la que convivía); abuso sexual gravemente ultrajante agravado (por la guarda y la convivencia preexistente); y abuso sexual con acceso carnal, mediando violencia física y psicológica.

A su vez, se le atribuyó la autoría de promoción de la corrupción de menores agravada (por haber sido en perjuicio de víctimas menores de 13 años de cuya guarda estaba encargado y por la convivencia preexistente) en los casos de las dos niñas y, además, agravada por haber mediado amenazas en relación a una de ellas.