El Ministerio de Salud Pública estableció ciertas normas y procedimientos para la atención en organismos sanitarios públicos de aquellas personas que no residen en territorio misionero.
Ante la la emergencia epidemiológica y sanitaria en el ámbito de Misiones y en el marco del trabajo en conjunto entre el subsector público y privado de salud, se piden requisitos para solicitar y confirmar turnos de atención las personas que no residen en el territorio provincial.
Estas deben cumplimentar los siguientes requisitos según el caso que corresponda: 1) Para el caso de personas con tratamiento oncológico u otras enfermedades con tratamiento crónico: Comunicar que no reside en Misiones. Certificado del tratamiento correspondiente. Y constancia del turno.
Además, concurrir con su DNI PCR (-) :A– En primera consulta hisopado de las ultimas 48 hs, con resultado negativo. B- Cumplido el ciclo de 15 días se deberá presentar constancia de nueva evaluación por PCR C.
En caso de tratamientos que requieran la concurrencia periódica del paciente, se establece que los establecimientos prestadores se harán cargo del aislamiento del paciente en caso de que no se cumpla el plazo de validez de la PCR.
En segundo lugar, para aquellas personas que tienen derivación médica o turnos programados deberán igualmente comunicar que no residen en Misiones. Deben contar con una derivación médica, autorizada si correspondiera o turno. DNI PCR (-) de las últimas 48 hs, resultado negativo.