Una nueva ley de la provincia de Misiones establece que tiene igual "validez y eficacia" en edición impresa o digital la publicación de edictos, convocatorias, citaciones o cualquier otro anuncio oficial en diarios o periódicos de mayor circulación.
La Ley IV - N° 88 de la Cámara de Representantes de Misiones señala tal equivalencia entre el papel y lo digital para los casos en que las leyes provinciales prevean dicha publicación.
En su artículo segundo la norma indica que "el anuncio debe estar alojado en el sitio oficial del diario digital y su dirección URL debe ser de acceso público y gratuito por un plazo no menor a un año calendario contado desde la última publicación".
Por otra parte, en el artículo tercero, agregó la norma que la acreditación se obtiene "con el comprobante de pago de la publicación y la dirección URL de la misma, indicando los días y horas en que ésta se realizó".
La norma con la firma del presidente de la Legislatura, Carlos Rovira, y del gobernador Oscar Herrera Ahuad, fue publicada en el Boletín Oficial de Misiones de este viernes.