El Ministerio de Seguridad, encabezado por Patricia Bullrich, anunció este viernes una nueva disposición que autoriza a la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) a encargarse de la descarga de equipajes en caso de que los trabajadores de la empresa responsable de este servicio realicen medidas de fuerza. Esta medida se implementa luego del conflicto provocado por un paro de Intercargo, que dejó a cientos de pasajeros atrapados en los aviones durante horas sin poder desembarcar.
La resolución 1199/2024 fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. En su primer artículo, se dispone que la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) se encargará de “efectuar las tareas de carga y descarga del equipaje de las aeronaves detenidas en el AEROPARQUE METROPOLITANO JORGE NEWBERY, por parte del personal debidamente habilitado y mientras dure la situación excepcional motivada por la huelga de OPERADORES DE PLATAFORMA o de SERVICIOS DE RAMPA de la empresa INTERCARGO S.A.”.
En las consideraciones de la resolución, el Gobierno criticó al personal de operadores de plataforma y servicios de rampa de la empresa Intercargo, calificando su medida de fuerza como “intempestiva y salvaje” y fuera de los marcos legales establecidos. En el texto se detalló que la protesta consistió en dejar el equipaje de los pasajeros en las bodegas de los aviones, ya que los trabajadores se negaron a descargarlo, incumpliendo así con sus responsabilidades laborales.
La nueva resolución tras el conflicto gremial
Este viernes también se oficializó la medida que desregula los servicios de rampa en los aeropuertos. Con la firma del Secretario de Transporte de la Nación, Franco Mogetta, publicó en el Boletín Oficial la Resolución 49/2024, que en su primer artículo aprueba el “Proceso de otorgamiento de las autorizaciones aerocomerciales de servicios aeroportuarios operacionales y de rampa en general”. Esta resolución establece un nuevo marco para la regulación de estos servicios en los aeropuertos.
En el considerando, el Ejecutivo destacó que “la Ley 17.285 (Código Aeronáutico) establece que los servicios aeroportuarios estarán regulados y supervisados por la autoridad aeronáutica, bajo principios de garantía de seguridad, libre competencia y acceso a los mercados”.
Además, se precisó que “el servicio aeroportuario, tanto en operaciones como en servicios de rampa, deberá cumplir con una presentación previa ante la autoridad competente, quien evaluará el cumplimiento de los requisitos y pautas establecidas”.