Una mujer policía demandó al ministerio de Seguridad por daños y perjuicios, al considerar que sufrió violencia de género porque clasificaron su embarazo como una enfermedad a la hora de clasificar sus días de licencia, por lo que la Justicia ordenó el pago de una indemnización.
El fallo de la Justicia civil ordenó al ministerio de Seguridad pagar la suma de $250.000 y además se estableció que “se abstenga de computar las licencias de la actora por razón del estado de gravidez o amenaza de aborto o parto prematuro, como enfermedad”.
La demanda de la oficial principal de la Policía de Mendoza que cuenta con más de 20 años de servicio y dos hijas sostuvo que esta forma errónea de contabilizar sus licencias la colocó “en situación de baja por agotar sus días de licencia por enfermedad permitidos al personal policial, al que sumado al diagnóstico de cáncer de mamas, que requerirá su tratamiento nuevas licencias, provocan depresión y angustia de quedarse sin trabajo”.
La oficial, cuyo nombre tiene las iniciales S.F. antes de dar a luz a su primera hija sufrió un aborto espontáneo por lo que tomó 15 días de licencia que se extendieron a 48 por puerperio post aborto, destaca Los Andes.
Unos meses después, ante un nuevo embarazo, tomó 30 días por amenazas de aborto. Cabe destacar que sumó otra licencia por amenaza de parto prematuro de su primera hija.
Al sumar todas las licencias quedó al borde del paso a disponibilidad entendiendo que “el embarazo no es una enfermedad, y la falta de contemplación legal genera desprotección de las mujeres y relación dispar con el personal masculino de la fuerza”.
Sanidad Policial detalló que la oficial principal sumó 540 días de licencia por salud por actos fuera de servicio y 276 por razón de embarazos, entre los que figuran las amenazas de aborto, metrorragia, puerperio post aborto y amenaza parto prematuro.
El Estado por su parte contestó la demanda indicando que las licencias tomadas “en su mayoría no obedecen a situaciones de embarazo, por lo que no tiene vínculo alguno con la acción entablada como violencia de género”.
El dictamen judicial
La causa estuvo a cargo del juez Carlos Dalla Mora, sel Segundo Tribunal de Gestión Asociado quien detalló que “esta forma de computar las licencias embarazo categorizándolas como enfermedad por razones fuera de servicio, evidencian un trato asimétrico respecto de las agentes policiales femeninas, que denotan discriminación”
También en el fallo el juez destaca que “Esta circunstancia, repercute, sin dudas en forma negativa en la faz espiritual de la actora, por cuanto generan un temor, una presión extra”, si se siguen sumando días de licencia, más aún “cuando el actual estado de salud de la actora, ya que se encuentra en tratamiento oncológico y requiere también el uso de licencias por causa de ello”.
“La mujer sufrió un menoscabo a su espíritu, en tanto la amenaza de computo de las licencias por su estado de embarazos de riesgos, sumado a otras licencias que por salud debió tomar, la hayan afectado, ante el temor cierto de perder su trabajo, además de que esta configuración de las licencias viola su libertad constitucional de salud reproductiva, consistente en la libertad de decidir en forma autónoma y sin discriminación sobre la maternidad”, destacó el magistrado tras analizar las pruebas.
Finalmente Dalla Mora fijó una indemnización de 250 mil pesos, “importe que podría ser utilizado por la demandante en todo lo que “para ella” le signifique satisfacción, goce y/o distracción, pudiendo con ese dinero comprarse lo que les plazca para mitigar los pormenores y consecuencias que le ha deparado el triste suceso”.