Oficializaron las nuevas restricciones en Mendoza: qué se puede hacer

Publicaron en el Boletín Oficial el decreto con el que entran en vigencia las restricciones por la terminación del DNI.

Oficializaron las nuevas restricciones en Mendoza: qué se puede hacer
A man wearing a protective face shield drinks coffee as coffee shops reopen following the easing of measures against the spread of the coronavirus disease (COVID-19), in Mendoza, Argentina Mayiano Rios NO RESALES\u002E NO ARCHIVES

El gobernador Rodolfo Suarez comunicó este miércoles que darían marcha atrás con algunas flexibilizaciones poniendo en funcionamiento una serie de medidas, luego de que un caso positivo de Covid-19 derivara en varios contagios en una localidad del Gran Mendoza. Así, el Gobierno anunció el regreso de las restricciones por la terminación del DNI para asistir a comercios, realizar actividades físicas o de esparcimiento, entre otras.

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial el Decreto Nº 775 a través del cual oficializaron las nuevas restricciones para las reuniones con amigos y la circulación de los ciudadanos. El decreto deja sin efecto la disposición de reuniones de hasta 10 personas que podían realizarse todos los días entre las 7 y las 23.

"A partir de las cero de este jueves no vamos a permitir las reuniones con amigos y vamos a volver a los DNI para las salidas, ya que regula la cantidad de gente en los comercios, haciendo deporte", explicó Suarez.

Rodolfo Suarez, gobernador de Mendoza.
Rodolfo Suarez, gobernador de Mendoza.

Y remarcó que se podrán realizar reuniones en cafés o restaurantes de acuerdo con la terminación del DNI, donde los propietarios deberán llevar un registro con los datos de las personas que concurran. En tanto que la habilitación para juntarse en familia sigue con la autorización de hasta 10 personas los días sábados, domingos y feriados.

Si el documento finaliza del 1 al 5, los días habilitados son lunes, miércoles, viernes y domingo por la mañana. Del 6 al 0, martes, jueves, sábado y domingo por la tarde.

"Quedan exceptuados de la presente limitación los turnos médicos, odontológicos y/o de cualquier tipo de prestación de salud debidamente fundada, como así también la compra en farmacias y el expendio de combustible", indica el decreto.

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