Mirá cuáles son las restricciones por la veda electoral

A las 8 de este viernes finalizó la campaña política. No se podrán realizar actos públicos de proselitismo ni publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales.

Mirá cuáles son las restricciones por la veda electoral
El domingo 27 de octubre todos los argentinos votarán por quien será el próximo Presidente de la Nación\u002E

Comenzó a regir la veda electoral de cara a las elecciones nacionales que se desarrollarán el domingo 27 de octubre donde todos los argentinos votarán por quien será el próximo Presidente de la Nación.

La ley contempla un período previsto "para la reflexión del votante sin la influencia de la campaña electoral", lo que incluye la prohibición de avisos publicitarios o cualquier otro acto de difusión, publicidad, presentación de planes, encuestas, y cartelería destinadas a la captación del sufragio.

Este periodo, que figura en la normativa de nuestro país, no sólo a los políticos, candidatos y partidos, sino también en gran parte a la ciudadanía en general.

Cámara Nacional Electoral: durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización no se podrán hacer espectáculos populares al aire libre.

Los espectáculos populares en recintos cerrados. (Sí estarán abiertos teatros y cines) Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral: Realizar actos públicos de proselitismo.

La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

La publicación en medios de comunicación -sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, Internet u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral: La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

Los ciudadanos que no la respeten podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.

Pueden votar aquellos ciudadanos que cumplan 16 años de edad hasta el día de los comicios generales en octubre, es decir que en las primarias lo podrán hacer aquellos jóvenes que tengan 15 años y que cumplan sus 16 hasta el mismo día de los comicios generales.