Luego del procesamiento que había resuelto el Juez de Instrucción Dr. Daniel Barria, la defensa de los imputados apeló dicha instancia, pero la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional decidió denegar esa apelación, y confirmó el procesamiento de Adán Luciano Albornoz Agüero y Fernanda Belén Nuñez, acusados de arrastrar con una motocicleta a una joven maestra, cuando intentaban robarle su cartera, hecho que fue llevado a cabo en la zona sur de la capital de La Rioja, aunque previamente le habían arrebatado una mochila a otra mujer.
Tras la confirmación del procesamiento por parte de la Cámara Tercera, el Juzgado en lo Criminal y Correccional, enviará el caso al Ministerio Público Fiscal, para que tome vista y luego se procederá al correspondiente juicio.
Dos imputaciones, dos hechos.
Adán Luciano Albornoz Agüero y Fernanda Belén Núñez fueron procesados por el delito de Robo y el delito de Robo Calificado en Grado de Tentativa, ambos ocurridos el día 17 de diciembre de 2018, en horas de la mañana.
El primer hecho, por el cual son acusados del delito de robo, ocurrió cuando una ciudadana caminaba por Avenida Santa Rosa, con destino al Colegio N° 8, y es interceptada por dos individuos que se trasladaban en una motocicleta marca Yamaha YBR. Es Albornoz quien le arrebata la mochila y se dan a la fuga en la motocicleta.
Luego, el hecho que fue de público conocimiento, ocurrió cuando la ciudadana Patricia Alejandra Maldonado se trasladaba en su motocicleta Modelo Blizt, y mientras lo hacía por Avenida Coronel Montes pasando calle Ramón Gachón, observa a dos personas, una del sexo masculino y la otra femenino, a bordo de una motocicleta tipo YBR 125 cc que era conducida por el masculino. Estas personas se colocan a la par y la acompañante le intentó arrebatar a la denunciante una bandolera que llevaba cruzada en el cuerpo, pero al no poder sacársela la hicieron caer a la cinta asfáltica y la arrastraron varios metros, para finalmente soltarla para darse a la fuga, provocándole lesiones de carácter grave.
Del análisis de de las pruebas, se concluyó que existen elementos de cargos suficientes como para dictar el correspondiente “Auto de Procesamiento” respecto del hecho imputado y por el cual se investiga a los acusados. Asimismo, cabe mencionar que a los elementos que surgieron de este hecho, se agregaron los que aportó la denunciante, como un video del intento del arrebato, capturas de pantalla donde habían supuestas conversaciones de los ciudadanos Luciano Albornoz y Fernanda Núñez, y fotos de la motocicleta con la cual habían circulado al momento del hecho.
Por lo tanto, el juez resolvió dictar Auto de Procesamiento y Prisión Preventiva, en contra de los imputados por el delito de Robo Calificado en Grado de Tentativa, arts. 166 inc. 1 y 42 del C.P., debiendo en consecuencia continuar detenidos y ser trasladados al Servicio Penitenciario Provincial para su cumplimiento.
Apelación rechazada
Luego del procesamiento, la Defensora Oficial de Fernanda Belén Nuñez y la Defensora Técnica de Adán Luciano Albornoz Agüero, interpusieron Recurso de Apelación. Sin embargo, la Cámara Tercera Criminal y Correccional concluyó, en ambos casos, que el auto de procesamiento se encuentra debidamente fundado conforme lo exige el Artículo 125 del CPP y reúne los recaudos exigidos en los artículos 328 y 329 del mismo cuerpo legal.
En consecuencia, resolvió rechazar los recursos de apelación interpuestos por las defensas de los imputados y confirma la resolución que oportunamente resolvió hace meses el Juez de Instrucción N° 2, Dr. Barria, y con ello el Procesamiento de Albornoz y Núñez.