Sigue la polémica con la elección de las reinas de vendimia en Guaymallén. Pero esta vez vuelve a la luz debido a la posibilidad de estar un paso más cerca en una victoria en la pelea de la reina guaymallina por su participación en la Vendimia Central. Según la Fiscalía de Estado, Julieta Belén Lonigro está en todo se derecho de ser parte de la fiesta central, por ser parte del patrimonio cultural de Mendoza.
Luego de que desde el Municipio de Guaymallén les negarán el aval departamental, la Comisión de Reinas Nacionales (Corenave) decidió buscar solución por otro lado. De esa manera, en enero el colectivo de soberanas presentó ante la Corte una acción procesal administrativa para lograr dicho reconocimiento.
Actualmente la causa está en la sala 2 de la Suprema Corte de Justicia, que integran Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio. Es en ese expediente que está el dictamen de la Fiscalía de Estado.
Que dice el dictamen fiscal sobre las reinas
El dictamen sostiene que la elección de reinas distritales y departamentales forma parte del patrimonio cultural de la provincia, por lo que el máximo tribunal mendocino debe aceptar la cautelar y permitir a Lonigro participar de los actos centrales de la Fiesta Nacional de la Vendimia como representante departamental.
En un extenso documento, el fiscal de Estado Fernando Simón, señala que la ordenanza 9196/21 (la que prohibió la elección de reinas en Guaymallén) resiente “gravemente el patrimonio cultural que se refleja en la Fiesta Nacional de la Vendimia, según ha sido expresamente reconocido por la legislación vigente”.
Sigue el argumento indicando que la fiesta “fue declarada patrimonio cultural de la Provincia por Ley 6973 del año 2002, comprendiendo a su vez todas las manifestaciones de ese proceso: Fiestas tradicionales barriales, distritales, departamentales, Bendición de los Frutos, Carrusel, Vía Blanca de las Reinas y Acto Central”.
Por otro lado, el informe recuerda que la ley 5961 de 1992 establece “la obligación de proteger el patrimonio cultural como derecho de incidencia colectiva, protección a la que dicha norma le asigna el carácter de orden público” mientras que la reforma constitucional indica que son las autoridades quienes deben proveer protección al patrimonio cultural.
Entre los antecedentes legales que la fiscalía pudo reunir, está la ley 8740 de 2014, en la que se fija un nuevo reglamento para la elección de las reinas vendimiales “que respeta los derechos, garantías y libertades consagrados a favor de la mujer por los tratados internacionales de jerarquía constitucional y demás legislación vigente en materia de derechos humanos del país”.
Lo que alega el dictamen es que “es innegable que las fiestas que espontáneamente se organicen en barrios, distritos y departamentos –tal cual contempla la Ley 6973- son una expresión de la cultura patrimonializada por ley, ya que la cultura es la forma en que se manifiesta la identidad de un pueblo o nación”.
Finalmente, el documento detalla que la decisión final sobre la posibilidad de participación en la fiesta central de Julieta Belén Lonigro, queda enteramente manos de la Corte.
Si la repuesta fuese positiva, la entidad judicial podría declarar la inconstitucionalidad de la ordenanza 9196 o que ordene a la Municipalidad reconocer a Lonigro como reina departamental.
Pero la realidad es que, en medio de muchos tramites administrativos y burocráticos, no resulta muy probable que haya una resolución de la polémica antes de la fecha de inicio de actividades de las reinas departamentales para el festejo central.