Diplomatura de Derecho Penal desarrollada en la UNCAUS para profesionales formoseños

Estuvo a cargo del abogado graduado en la Universidad de Buenos Aires con orientación en Derecho Penal con Diploma de Honor Marcelo David Lerman

Estuvo a cargo del abogado graduado en la Universidad de Buenos Aires con orientación en Derecho Penal con Diploma de Honor Marcelo David Lerman
Estuvo a cargo del abogado graduado en la Universidad de Buenos Aires con orientación en Derecho Penal con Diploma de Honor Marcelo David Lerman

Se llevó a cabo este viernes una nueva clase de la Diplomatura en Derecho Penal que avanza merced a un convenio entre el Consejo Profesional de la Abogacía y la Universidad Nacional del Chaco Austral (UNCAUS) y el auspicio de la Fiscalía de Estado, el Colegio de Magistrados y la Comisión de Jóvenes Abogados.

Estuvo a cargo del abogado graduado en la Universidad de Buenos Aires con orientación en Derecho Penal con Diploma de Honor Marcelo David Lerman, con el tema " estado de necesidad exculpante".

El docente es Magister Legum en la Universität Regensburg (Alemania) El estado de necesidad exculpante es el hecho justificativo que excluye la responsabilidad penal de aquel que se encontró ante la obligación de realizar un acto catalogado como delictivo para neutralizar un peligro.

"Es un tema muy importante donde está en peligro la propia vida y hay que delinquir para salvarse, en esos supuestos entra en consideración una disculpa. Ante una situación de necesidad una persona comete un delito, el ordenamiento jurídico lo sigue considerando ilícito, pero de todos modos, no aplica pena" explicó Lerman.

Aclaró que "Este es un tema de excepción, no es algo del día a día, es de importancia para la teoría del derecho penal, se puede ver en el límite. No es algo cotidiano, algo de pensamiento general que trae reflexiones hace siglos".

Insistió en comentar que "El abogado si tiene un caso de necesidad exculpante, debería plantearlo, no necesariamente deberían ser supuestos tan excepcionales como una situación extrema por peligros de la naturaleza, también puede haber si hay una amenaza de un tercero y un pedido de que se realice una conducta ilícita. Ese tercero amenaza, va a matarlo, o lesionar un pariente".