El Gobierno logró finalmente la sanción de la Ley de Inocencia Fiscal, una norma clave dentro de su estrategia para incentivar que los ahorristas utilicen los dólares no declarados que mantienen fuera del sistema.
Tras seis meses de debate, el Senado aprobó la iniciativa que apunta a dar previsibilidad y una suerte de resguardo frente a eventuales cuestionamientos de ARCA, el organismo que reemplazó a la AFIP.
La aprobación de la medida rápidamente ha llamado la atención de los argentinos, tal como lo evidencia la plataforma Trends, de Google. La herramienta rastrea tendencias en búsquedas, mostrando un aumento de interés por este tema en los últimos días.
Qué implica la Ley de Inocencia Fiscal
La ley no constituye un blanqueo clásico, pero introduce cambios relevantes en el sistema tributario y penal. En términos generales, permite que ciertos contribuyentes puedan usar dólares no declarados, incluso para comprar bienes registrables como autos o inmuebles, sin que esas operaciones sean automáticamente reportadas al organismo recaudador.
En lo formal, la norma modifica la Ley 24.769 del Régimen Penal Tributario, actualizando montos que habían quedado ampliamente desfasados por la inflación. El piso para que una conducta sea considerada evasión simple pasa de 1,5 a 100 millones de pesos, mientras que la evasión agravada se eleva de 15 a 1.000 millones. También se incrementan los montos que configuran delito por facturas apócrifas y por incumplimientos dentro de regímenes de beneficios fiscales.
Otro punto central es la incorporación de un “perdón fiscal”. ARCA no impulsará una denuncia penal si el contribuyente cancela la deuda y los intereses. Y, si la denuncia ya fue presentada, la acción penal puede extinguirse mediante el pago del total adeudado más un adicional del 50%. Además, el plazo de prescripción de las deudas impositivas se reduce de cinco a tres años.
El nuevo Régimen Simplificado de Ganancias
Uno de los ejes de la ley es la creación del Régimen Simplificado de Ganancias. Pueden adherir quienes tengan ingresos anuales de hasta 1.000 millones de pesos y un patrimonio menor a 10.000 millones, siempre que no sean considerados grandes contribuyentes.
El cambio es sustancial: ARCA deja de analizar el nivel de gastos, el patrimonio o los consumos. El impuesto se calcula solo en función de los ingresos facturados y los gastos deducibles. Si el contribuyente paga lo determinado por el organismo en tiempo y forma, queda liberado de otros reclamos por Ganancias.
Esto habilita, en los hechos, a utilizar dólares no declarados para adquirir bienes sin que bancos, escribanos, concesionarias o tarjetas de crédito deban reportar esas operaciones.

Quiénes quedan dentro y quiénes afuera
Los beneficios no alcanzan a todos. Especialistas advierten que solo quienes adhieran al Régimen Simplificado de Ganancias pueden acceder al uso de dólares no declarados sin mayor exposición.
Los monotributistas quedan afuera, salvo que abandonen su régimen y pasen al nuevo esquema, un proceso más costoso y complejo. Tampoco se incluyen automáticamente los empleados en relación de dependencia.
Quienes sí ingresen al régimen obtienen un “bloqueo fiscal”: la declaración jurada se presume exacta. Sin embargo, esa presunción puede caer si ARCA detecta una discrepancia significativa, como una omisión de ingresos superior al 15% del impuesto.
Aunque la ley reduce la cantidad de información que recibe el fisco, no elimina por completo los riesgos. No es un blanqueo, pero para muchos pequeños ahorristas aparece como una puerta intermedia para volcar al circuito formal dólares de origen lícito que hasta ahora permanecían guardados.
































