Afip: a partir de qué monto en compras se deben informar los datos personales

El organismo actualizó los límites a partir de los cuales los usuarios deberán proporcionar información personal en compras realizadas en efectivo y con tarjeta.

Afip: a partir de qué monto en compras se deben informar los datos personales
A partir de qué monto la Afip solicita los datos personales.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los nuevos topes a partir de los cuales los comerciantes deberán informar los datos del consumidor después de una compra ¿Cuáles son?

La Afip actualizó los montos a partir de los cuales se deben informar los datos personales.
La Afip actualizó los montos a partir de los cuales se deben informar los datos personales.

Cuáles son los nuevos montos

La AFIP definió que los nuevos montos se aplican a las transacciones realizadas por consumidores finales y varían según si el pago se efectúa con tarjeta de débito o crédito, o en efectivo. Esta actualización tiene como objetivo prevenir la evasión fiscal y fortalecer el control sobre la emisión de comprobantes en las transacciones comerciales, afectando tanto a los comerciantes como a sus clientes.

  • Compras con tarjeta de crédito, débito o medios electrónicos: Si el monto total alcanza o supera los $344.488, el comerciante deberá registrar y reportar tus datos personales a la AFIP.
  • Compras en efectivo: Si el monto de la compra es igual o superior a $172.244, el comerciante también deberá informar tus datos al organismo fiscal.

Qué sucede si realizo compras superiores a estos montos

Si se realiza un pago cuyo monto de la factura es igual o superior a los límites establecidos, la información del consumidor requerida por el organismo fiscal es la siguiente:

  • Apellido y Nombres.
  • Domicilio.
  • Número de documento (DNI, LE, LC, Pasaporte o CI) y, si corresponde, tu CUIT/CUIL/CDI.