Este martes, en la Comisión de Salud del Concejo Deliberante, se trató el proyecto que establece el marco regulatorio para la elaboración de la cerveza artesanal en la ciudad de Córdoba, proyecto que trabajó de manera conjunta Juan Negri, Juan Balastegui, Laboratorio de Bromatología de la Municipalidad, la Cámara de cerveceros artesanales de Córdoba y pequeños productores artesanales independientes.
"Córdoba es la segunda ciudad más importante del país y aún no tiene un marco regulatorio para los productores de cerveza artesanal, que es una industria que viene en franco crecimiento en nuestro país, genera la misma cantidad de empleo directo que las industriales cuando la participación en el marcado de las artesanales es apenas del 4% y demanda insumos que el país produce en su totalidad" remarcó Juan Negri.
En la comisión los miembros de la cámara de cerveceros artesanales y los productores independientes, despejaron las dudas de los ediles en todo lo referido a la producción de cerveza artesanal.
"La producción de cerveza artesanal es de riesgo bajo, no emite contaminantes, ni ruidos molestos, pero con esta ordenanza no sólo buscamos darle previsibilidad a los productores de la cerveza artesanal, sino que sobre todo dar un marco legal y supervisado", dijo Negri.
Por su parte, el concejal Juan Balastegui, coautor del proyecto dijo que "lo importante es mantener la seguridad y salubridad de los consumidores, por eso queremos resaltar la importancia de contar con este marco normativo".
Muchos emprendimientos se han instalado en otras localidades cercanas a la ciudad de Córdoba debido a la falta de una ordenanza que los incluya.
Tanto es así, que es inexistente el rubro de elaboración de cerveza artesanal en el listado de actividades de habilitación de establecimientos en el municipio, algo que la normativa busca corregir esta nueva categoría.
Se estima que hay alrededor de un centenar de pequeños productores de cerveza artesanal en la Ciudad de Córdoba y que con la nueva normativa, el número puede crecer más.
El proyecto propuesta consta diecisiete artículos separados en cuatro capítulos donde se contempla definiciones y objetivos de la norma, de la elaboración y los procesos, el capítulo tercero hace referencia a la comercialización y venta fraccionada y el último trata sobre las prohibiciones y sanciones.