En el marco del aumento de los casos de coronavirus en Catamarca, el Ejecutivo provincial decretó una serie de restricciones en el marco del sistema de Etapas de Convivencia. Además, se elevaron los montos de las multas que se aplican para quienes violen las disposiciones de prevención en el marco de la pandemia.
En primer lugar se establece que a partir de las 00 horas del 12 de enero y por el plazo de 15 días, solamente se podrá circular en todo el territorio de la provincia entre las 07.00 horas y las 24.00 horas. Los días jueves, viernes y sábados la circulación se extenderá hasta las 01.30 horas del día siguiente. Además, el decreto estipula la prohibición de circulación entre municipios, en todo el territorio de la Provincia, en el horario de 23.00 a 07.00 horas.
Por otro lado, se modificaron los horarios para bares y afines en el marco de la Etapa Amarilla de Convivencia ya que los mismos podrán abrir al aire libre con el 70% de su capacidad y en espacios cerrados con el 30% de su capacidad, de domingo a miércoles hasta las 23.30 horas; y jueves, viernes y sábados por la noche el horario de cierre se extenderá hasta las 01.00 del día siguiente.
Se modificaron los montos de las multas del Régimen Sancionatorio Excepcional, los nuevos montos establecidos son los siguiente:
- Incumplimiento del uso de barbijos o tapabocas y/o cualquier otro medio de protección personal que disponga la autoridad competente: multa de entre SEIS MIL ($ 6.000) y QUINCE MIL ($ 15.000).
- Incumplimiento de medidas de prevención para actividades económicas, deportivas, artísticas y sociales: multa de entre TREINTA MIL ($ 30.000) y NOVENTA MIL ($ 90.000).
- Incumplimiento de medidas de prevención en relación a reuniones sociales, o de cualquier otro tipo: multa de entre CUARENTA Y CINCO MIL ($ 45.000) y SESENTA MIL ($ 60.000).
- Incumplimiento de disposiciones y medidas para el ingreso, tránsito y permanencia en territorio provincial: multa de entre CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) y TRESCIENTOS MIL ($ 300.000).
- Incumplimiento de restricciones a la circulación, observancia del aislamiento social, preventivo y obligatorio o el distanciamiento social, preventivo y obligatorio: multa de CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000,00).
- Incumplimiento de límite horario para actividades: multa de entre SESENTA MIL ($ 60.000) y NOVENTA MIL ($ 90.000).