¿Por qué es importante un certificado fitosanitario?
Los CF se expiden para indicar que los envíos de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados cumplen los requisitos fitosanitarios de importación especificados por la ONPF (Organismo Nacional de Protección Fitosanitaria) del país Importador.
Durante los últimos años, el Senasa certificó, en promedio, exportaciones por más de 84 millones de toneladas, siendo que durante el año 2020, se certificaron exportaciones por más de 90 millones de toneladas correspondientes a más de 600 productos exportados a más de 160 países.
El 96% de esas toneladas corresponde a cereales, oleaginosas y sus subproductos. Dentro de este grupo el maíz es el principal cereal certificado (39 millones de toneladas) siendo Vietnam el principal destino en cuanto a toneladas certificadas y China el principal país al que exportamos. La soja es la principal oleaginosa certificada (7,7 millones de toneladas) y China su principal destino en cuanto a toneladas certificadas.
Por otra parte, 800.000 toneladas corresponden a fruta fresca certificada. En primer lugar se ubica la pera (340.000 toneladas) y en segundo lugar, el limón (240.000 toneladas). Los principales destinos de la pera son Brasil y Rusia mientras que para el limón son Rusia, Estados Unidos y Holanda.
Requisito fitosanitarios
En los procesos de exportación es indispensable conocer previamente, los requisitos fitosanitarios establecidos por la ONPF del país importador para poder determinar si es posible y como dar cumplimiento a los mismos. Estos requisitos pueden estar explicitados como documentos emitidos en forma particular para cada importación (Por ej. Permisos de Importación, Autorizaciones Fitosanitarias de Importación, Hojas de Requisitos Fitosanitarios), a través de normativas, acuerdos bilaterales entre la ONPF del país importador y exportador, a través de los canales del Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (AMSF) de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Las medidas solicitadas en los requisitos fitosanitarios pueden ser de cumplimiento en el país de origen, durante el tránsito, en la entrada al país de destino o posteriormente a su entrada. Dichas intensidades de medida incluyen cualquier reglamento o procedimiento oficial que tenga el propósito de prevenirla introducción o dispersión de plagas cuarentenarias o de limitar las repercusiones económicas de las plagas no cuarentenarias reglamentadas en el país importador.
Entre las medidas que pueden aplicarse en el país de origen se encuentran: emisión de CF sin declaraciones adicionales, inspección visual del envío para detectar potenciales plagas, determinaciones por laboratorios oficiales, aplicación de tratamientos fitosanitarios, inspección del cultivo a campo, producción en área o sitio de producción libre de plagas, enfoque de sistema o sistema de mitigación de riesgo.
Medidas solicitadas por país
Desde la Dirección de Comercio Exterior Vegetal (DCEV) se administra la base de datos que constituye el “Sistema de Gestión de Reglamentaciones para Exportaciones de Productos de Origen Vegetal” (RegPOV) a través del cual, tanto agentes del Senasa como usuarios externos (despachantes, exportadores, público en general) tienen acceso a la información acerca de los requisitos fitosanitarios de los países importadores, así como también a la certificación que lleva adelante el Senasa.