Los porteños deberán hacerse cargo de las veredas rotas

Habrá multas. Se exime la responsabilidad cuando las roturas sean generadas por las empresas de servicios públicos.

Los porteños deberán hacerse cargo de las veredas rotas
Los propietarios quedarán eximidos de obligaciones en el supuesto de deterioros ocasionados en la vereda por obras de apertura o roturas en el espacio público realizadas por empresas prestadoras de servicios públicos\u002E

La Ciudad fue habilitada este jueves por la Legislatura a implementar un nuevo régimen jurídico para el mantenimiento de las veredas, a través de un sistema que fiscalizará los trabajos de las empresas de servicios cuando rompen las baldosas y a los frentistas, que deberán arreglar los daños de la acera a su cargo.

Los diputados votaron, con disparidad en los respaldos, tres expedientes que fueron elaborados por el Ejecutivo de la Ciudad para mejorar el mal estado de las veredas, que afecta a más del 50 por ciento de los 305.000 frentes con que cuenta el distrito con daños que van desde hundimientos y baldosas flojas hasta huecos cubiertos de tierra.

Las normas aprobadas contienen, por un lado, un régimen nuevo para las empresas de servicios públicos -como las de agua, energía, gas y telefonía- que incluye el pedido que deberán solicitar las compañías de un permiso para efectuar la obra de apertura de la vereda a fin de realizar algún arreglo de la red o de renovación.

Por otra parte, el segundo proyecto contempla a los propietarios frentistas, sobre los cuales recae la responsabilidad del mantenimiento, reparación y reconstrucción de las veredas.

Con la normativa aprobada, el vecino tendrá que mantener arreglada la vereda y, de no hacerlo, podrá recibir una multa del Gobierno de la Ciudad, no obstante tendrá la posibilidad de acceder a un préstamo bancario para hacer frente al costo que demanda una reparación de la calzada.

"El titular de un inmueble que no construyere, reparare o mantuviere en buen estado de conservación las cercas y veredas reglamentarias de los inmuebles es sancionado con multa de doscientas (200) a cinco mil quinientas (5.500) Unidades Fijas (UF). Cuando se tratare de un inmueble afectado al régimen de propiedad horizontal, la multa se aplica al consorcio de propietarios", dice el texto de la norma.