Mariano Castro, Juez en lo Civil, Comercial y de Minería, dio lugar a una demanda por parte de una mujer contra su exesposo por ''daño moral'', al ocultarle que estaba en etapa de divorcio con otra, según precisó Bariloche2000. Al enterarse de esto, ella decidió poner fin a su relación, producto del cual nacieron dos hijos.
Esto también derivó en la nulidad de sus nupcias, debido a su vez a una sentencia por hechos de violencia ocurridos durante la convivencia de ambos, amparado esto en la Ley 3040.
Uno de los puntos por los cuales la justicia se basó para aplicarle la condena al imputado fue el silencio que este guardó sobre la situación en la que estaba involucrado.
En cuanto a los daños morales, se precisó que este englobará ''daños patrimoniales y extra patrimoniales''. Además, la Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó entrever en muchos de sus fallos que estó deberá darse a lugar cuando haya estado de incertidumbre y preocupación por el hecho, la lesión en los sentimientos afectivos, la entidad del sufrimiento, su carácter resarcitorio y la índole del hecho generador de la responsabilidad.
Finalmente, el fallo explica claramente: 'Teniendo en cuenta la mala fe del demandado y que su conducta ha traicionado la confianza de quien era su cónyuge y aquí accionante, ocultándole su estado civil al momento de contraer nupcias, estimo procedente receptar el único rubro reclamado, es decir el daño moral ocasionado''