La Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible el recurso presentado por la firma Arcor en el caso de la pieza dental denunciado en Chaco, hecho que ocurrió en octubre de 2010. El Grupo "lamentó profundamente que el máximo Cuerpo haya declarado inadmisible el recurso presentado, sin tener la posibilidad de revisar la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Chaco que confirmó la sanción".
Consultadas fuentes de la firma, los titulares afirmaron que la sanción vulnera los principiosde inocencia, debido proceso y derecho de defensa de la compañía sin que el consumidor o la Dirección de Comercio Interior de la Provincia hubiesen producido prueba para acreditar el hecho denunciado, el que nunca se comprobó.
Desde la empresa comentaron que con ello vetó la posibilidad de revisar la sentencia del Supremo Tribunal de Justicia de Chaco, ya que no fue considerado de relevancia federal, lo que implica que no determinó condena.
La Sala Primera de la Cámara Contencioso Administrativa de la Provincia de Chaco dictó la sentencia el 13 de marzo de 2017 donde declaró nula la multa impuesta, por considerar que la autoridad administrativa había obrado en forma negligente.
Al no haber verificado la existencia de la infracción a través de los medios probatorios pertinentes que se encontraban a disposición del órgano administrativo y que había tomado como cierto un hecho que no estaba acreditado en el expediente.
En su momento la empresa se presentó ante la Dirección de Lealtad Comercial y Defensa del Consumidor del Chaco, brindando la respuesta técnica pertinente y poniéndose a disposición del organismo.
Cabe destacar que la Dirección Provincial de Bromatología había determinado que no podía técnicamente dictaminar sobre un producto "se encontraba abierto, parcialmente consumido, con rótulo identificatorio dañado y así carente de valor legal para emitir un dictamen".
A eso resultaba el Dictamen de la Asesora Legal de la Dirección de Comercio Interior, aconsejaba desechar el planteo del denunciante.
La firma nos aclaró que Arcor elabora sus productos de conformidad a los más altos estándares de calidad y seguridad alimentaria, asegurando de esta manera que no es posible incorporar elementos extraños al proceso productivo.
Las plantas elaboradoras se encuentran certificadas bajo normas GFSI de Seguridad Alimentaria, HACCP y BPM contando así con barreras para la prevención y detección de elementos extraños en materias primas y producto terminado para asegurar la inocuidad alimentaria de los productos elaborados.