Vacunatorio VIP: según la Justicia no se cometió ningún delito

La jueza federal María Eugenia Capuchetti consideró que no hubo delito, aunque continuará investigando a las autoridades del Ministerio de Salud que estuvieron involucradas.

Ginés González García, el exministro de Salud nacional.
Ginés González García, el exministro de Salud nacional.

La jueza federal María Eugenia Capuchetti dispuso este jueves el archivo por inexistencia de delito de gran parte de la investigación por el “Vacunatorio VIP”, por la que está imputado el exministro de Salud, Ginés González García, y que apunta a determinar si se infringió la ley al promover que unas 70 personas recibieran un trato especial al recibir la vacuna contra el coronavirus.

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La magistrada sostuvo que, en el momento en el que ocurrieron los hechos, la ley diferenciaba a las poblaciones objetivo a vacunarse en dos grandes grupos (prioritarios y no prioritarios) y que 65 de las personas involucradas en la investigación como receptoras de la vacuna estaban dentro del segmento de los “prioritarios”.

La investigación está enfocada en un grupo de 70 personas que recibieron vacunas en el Hospital Posadas o alguna dosis que había sido asignada a ese nosocomio, pero fue suministrada en la sede del Ministerio de Salud.

La causa se inició luego de que el periodista Horacio Verbitksy contara en un programa de radio que había recibido la primera dosis de la Sputnik V en la sede del ministerio de Salud, tras comunicarse con González García.

Jueza federal María Eugenia Capuchetti (web)
Jueza federal María Eugenia Capuchetti (web)

Tras aquella revelación pública del periodista de 79 años, una lluvia de denuncias se desató sobre los tribunales federales de Comodoro Py. La mayoría se acumuló en el juzgado a cargo de Capuchetti, con intervención del fiscal Eduardo Taiano.

Fuentes judiciales remarcaron que efectivamente se pudo establecer en el expediente que existieron 70 personas que fueron vacunadas contra el COVID-19 con un trato especial, verdaderamente diferente a gran parte de la población, pero que eso no sería un delito.

“Más allá del reproche moral que puede hacerse sobre esta decisión, lo cierto es que la norma que regula la aplicación de vacuna contra el Covid-19 siempre permitió de manera expresa que se intercalen la aplicación de la vacuna entre los diferentes grupos prioritarios. Luego, en caso de que existan personas vacunadas que no se encuentran dentro de ninguno de sus grupos prioritarios, corresponderá profundizar la investigación para determinar los motivos y circunstancias por las cuales se aplicaron la vacuna”, sostuvo la jueza en el fallo.

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Existen situaciones que no son de nuestro agrado y que repudiamos fuertemente pero no pueden por sí solas hacernos dejar de lado los límites de la función que tenemos y, en lo que hace a los jueces, no deben ser suficientes para que dejemos de lado los principios constitucionales que operan en materia penal”, resaltó la magistrada.

Fuentes judiciales también indicaron que la jueza continúa investigando si existió alguna irregularidad en la vacunación de los padres de la ministra de Salud, Carla Vizzotti; y si hubo un “desvío” de sesenta dosis pertenecientes al Hospital Nacional Posadas que habrían sido transportadas hacia la ciudad de El Calafate, provincia de Santa Cruz, en un vuelo comercial de Aerolíneas Argentinas.

Con información de Télam