Los agentes de las jurisdicciones, entidades y organismos de la administración pública, empresas y sociedades del Estado que tengan hijos menores de 13 años a cargo o con Certificado Único de Discapacidad (CUD) “deberán realizar sus tareas de modo remoto”. La medida se oficializó con la publicación de la Decisión Administrativa 1/2021 en el Boletín Oficial.
La decisión, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro del Interior, Eduardo de Pedro, sustituye el artículo 4º de la Decisión Administrativa Nº 390 del 16 de marzo de 2020, que dispuso en un primer momento una licencia de 14 días, recién iniciada la pandemia de coronavirus.
Las autoridades consideraron necesaria la adecuación de la norma, debido a que “continúan las limitaciones en actividades de esparcimiento grupal, guarderías y colonias de vacaciones”.
“Por esto, resulta necesario establecer las modalidades de trabajo a las que se ajustarán los y las agentes que prestan servicios en la Administración Pública Nacional y tengan a su cargo menores de 13 años o cuenten con Certificado Único de Discapacidad”, indica el texto.
La decisión establece también trabajo remoto para “quienes tengan a su cargo niñas o niños en guarda con fines de adopción”.
La secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Castellani, señaló este martes que “la licencia se otorgó al inicio de la pandemia porque entendimos que las madres y los padres tenían que acompañar a sus hijos en el proceso de escolarización y se hacía muy difícil compatibilizar ambas tareas en el hogar”.
En declaraciones a Télam, Castellani planteó que “acompañar el seguimiento pedagógico de los chicos en las casas y, además, dar una carga de trabajo a los adultos, era muy difícil de sostener”.