La secretaría de Comercio Interior decidió este miércoles obligar a proveedores de productos y servicio extender las garantías de lo que comercializan por el plazo que dure el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) en las zonas del país donde rige ese régimen.
Así, la cartera que conduce la economista Paula Español en la órbita del ministerio de Desarrollo Productivo extendió de hecho los plazos previstos en las garantías contractuales y legales de productos y servicios.
Esto es virtud de una serie de reclamos de consumidores que se vieron imposibilitados de ejercer sus derechos en ese período, ante la imposibilidad de, por ejemplo, salir de su casa para ir a llevar un producto a que lo reparen.
El artículo 16 de la Ley de Defensa del Consumidor (24.240) contempla que el tiempo durante el cual la o el consumidor se encuentra privado de hacer uso de la garantía del bien o servicio adquirido, debe computarse como prolongación del plazo de garantía legal.
Por tal motivo, y dada la evolución de la situación epidemiológica, la Secretaría de Comercio tomó la decisión de extender las garantías, se informó oficialmente.
A partir de esta resolución (244/2020), publicada este miércoles en el Boletín Oficial, los proveedores de bienes y servicios deberán informar de manera cierta, clara y detallada la suspensión de plazos de las garantías y en el supuesto que posean sitios web o aplicaciones para dispositivos móviles, esta información deberá estar de modo visible en la página o pantalla de inicio, respectivamente.
Asimismo, deberán informar dicha suspensión a las y los consumidores en el paso inmediatamente anterior al pago.
La medida tiene gran alcance dado que la Ley de Defensa del Consumidor establece que todos los productos tienen una garantía legal. Si se trata de productos nuevos, la garantía mínima es de 6 meses. Si los productos adquiridos son usados, la garantía mínima es de 3 meses.
Adicionalmente los proveedores pueden ofrecer plazos mayores a los estipulados por la norma, pero nunca menores.
Frente a cualquier vulneración de sus derechos, los consumidores deben realizar el reclamo correspondiente ante la empresa proveedora. En caso de no obtener respuestas o que las mismas no sean satisfactorias, pueden ingresar sus reclamos la página web de Defensa del Consumidor.
Por la corresponsalía de Buenos Aires.