El fiscal federal Jorge Di Lello solicitó a la jueza María Servini el sobreseimiento de Máximo Kirchner y otros dirigientes de La Cámpora por un dinero que recibió la agrupación política y que presuntamente fue recaudado ilegalmente en las maniobras denunciadas en la causa de los cuadernos.
Según el dictamen, Di Lello sostuvo que el hecho y la prueba con el hijo de la expresidenta y otros dirigentes como Eduardo "Wado" De Pedro, "resultan imprecisos y vagos, contraponiéndose con el derecho de defensa en juicio".
"En un Estado de derecho, una investigación no puede llevarse a cabo bajo cualquier circunstancia, sino que tiene que desarrollarse de conformidad con las reglas procesales vigentes", sotuvo Di Lello según el documento al que accedió Infobae.
Será ahora la jueza Servini quien resuelva si hace lugar al dictamen y sobresee a los implicados.
Hace casi exactamente un año, el juez Claudio Bonadio, al frente de la causa de los cuadernos, llamó a declarar a Máximo Kirchner, José Ottavis, De Pedro y Andrés Larroque, acusados de integrar la asociación ilícita.
La citación respondió a información que había en un pendrive encontrado en la casa de un secretario del exjefe de Gabinete, Juan Abal Medina, y una declaración del exsecretario de Obras Públicas José López.
"La organización de La Cámpora era atípica, Larroque, Julián Álvarez, y De Pedro tenían peso, Máximo lo manejaba más con el teléfono y Axel Kicilloff si bien estaba dentro del grupo lo veían como un técnico, pero tenía mucha más llegada a Cristina", había declarado López.
Sin embargo, hace un mes, Bonadio elevó la causa de los cuadernos a juicio oral y sobreseyó a Máximo Kirchner, Ottavis, De Pedro, Larroque, Julián Álvarez, Sergio Szpolski, Ricardo Ivoskus y Enrique García, que fueron indagados bajo la sospecha de haber participado de la asociación ilícita que se dedicó a la "recaudación de fondos ilegales".
Sin embargo, el caso siguió en la justicia electoral que investiga el financiamiento de La Cámpora entre 2011 y 2015. Es en ese contexto que el fiscal Di Lello pidió sobreseer a todos los involucrados.
Según Di Lello, la acusación "carece de las precisiones necesarias en cuanto [...] a las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que habrían ocurrido los episodios investigados, extremos imprescindibles para que los imputados puedan defenderse adecuadamente, refutando las afirmaciones allí contenidas y ofreciendo la prueba que consideren idónea para otorgar sustento a su versión de los hechos, siendo necesario conocer con precisión de que se los acusa".
En cuanto a los dichos de López, "la prueba de cargo que justifica la incriminación en la causa [...] debió ser un hecho comprobable empíricamente, al que se le permita atribuir una consecuencia jurídico-penal, al menos provisional en la instancia analizada".
"Sin embargo", añadió, "en los hechos, la prueba de cargo resultó ser un relato escrito en unos cuadernos cuya materialidad es ontológicamente inexistente, los cuales nunca estuvieron en poder del Tribunal, pero sus fotocopias se convirtieron en un elemento histórico incontrovertible para el avance de la investigación". Por esa razón, para Di Lello resultan "insuficientes para ser valorados y para proceder en estos actuados".
Sobre la ausencia de originales, Di Llelo señaló la imposibilidad de peritar los cuadernos "a fin de probar que las anotaciones fueron efectuadas en los momentos que indica el Sr. (Oscar) Centeno, ni tampoco se pudo conocer con exactitud si las fotocopias representan la totalidad de los manuscritos del mismo".
Si bien Di Lello se refirió a "fotocopias", también se refirió a la reciente aparición de seis cuadernos que la Justicia federal investiga si son los originales en los que el exchofer de Roberto Baratta, Centeno, describió las supuestas maniobras de corrupción kirchnerista.
Al respecto, Di Lello sostuvo que "la sorpresiva y reciente aparición de los que, aparentemente, serían los originales de 6 cuadernos, no generan tampoco la certidumbre necesaria para su valoración en estos actuados, toda vez que su presunto autor, como se ha referido, manifestó haberlos quemado, y todavía no se ha podido establecer su autenticidad y valor probatorio conforme las pautas del proceso penal respecto a las pruebas documentales".