El Gobierno de La Pampa, a través de la Subsecretaría de Ambiente, aplicó una multa de 30 millones de pesos a la Fundación Campo Limpio por la inadecuada gestión de bidones vacíos de fitosanitarios, entre el 28 de enero y el 11 de febrero de 2020, lo que produjo daño ambiental.
La medida se sustentó en la intervención de la Fiscalía de Estado, que tuvo a su cargo el análisis jurídico del caso y que comprobó la infracción por "violar lo establecido en el artículo 10° inciso b de la Ley 27279 y el artículo 4° de la Ley 25675".
En los fundamentos, se sostiene que la conducta desplegada por la Fundación se constituyó en "una flagrante violación" de la Ley de Presupuestos Mínimos Generales del Ambiente, ya que transgredió palmariamente el principio de prevención, y atribuye a su conducta el "daño ambiental producido por la inadecuada gestión de los bidones".
En el mes de enero de este año, inspecciones realizadas en los centros de acopio de la Fundación confirmaron que no estaban concluidos y en condiciones de funcionar, por lo que, hasta tanto se culminaron las obras necesarias, el Gobierno provincial se vio obligado a prohibir la comercialización de agroquímicos en jurisdicción de La Pampa.
El comunicado oficial abunda en que "el retraso en la puesta en funcionamiento del sistema de gestión de envases vacíos de fitosanitarios promovió que los bidones se enterraran, quemaran o reutilizaran, acciones que se constituyen en un riesgo para la salud ambiental y humana".
Por otro lado, se informó que "la provincia avanza en la constitución de normativas legales que regulen la gestión integral de plaguicidas y fertilizantes, con el objetivo de consolidar parámetros claros en el uso de estos productos, como así también en el marco regulatorio para los envases vacíos".
En el mismo sentido, se promueve la creación de un sistema único de trazabilidad que abarca desde la fase de producción, comercialización, uso y aplicación de tales productos hasta la gestión diferenciada de los envases vacíos resultantes.
Ese sistema implementa el uso y exigencia de la receta de compra, receta rural, receta urbana y remitos, para vincular cada eslabón de la cadena, y cuenta con un régimen claro y contundente en materia de infracciones y sanciones, estableciendo distancias mínimas como límites para la aplicación de plaguicidas y fertilizantes, tanto áreas como terrestres.