Proponen que los vecinos que inviertan en fuentes de energías renovables y limpias en sus propiedades obtengan una reducción en las tasas municipales que puede alcanzar hasta el 100% por un periodo de tres años.
La iniciativa apunta a fomentar en las nuevas construcciones o la reconversión de las que ya existen el empleo de métodos ambientalmente sustentables entre las que se incluye la energía eólica, solar o térmica, entre otras.
La propuesta que está en análisis en el Concejo Deliberante de San Rafael se basa en la ampliación de la ya existente tasa ecológica, que fue incluida en la ordenanza tarifaria 2020 y por ahora solo beneficia al sector industrial.
"Deseamos que los vecinos que opten por la utilización de energías renovables en sus hogares, emprendimientos turísticos o cualquier otra propiedad raíz sobre la que no recae la tasa ecológica, reciban una compensación o incentivo para quienes las usan o quieran usarlas, respectivamente", argumentó el concejal autor de la ordenanza, Francisco Mondotte.
En el proyecto se estipula que "por cada $1000 invertidos en reconversión para abastecer al domicilio, comercio o industria a través de fuentes de energía renovable, un bono para el pago de tasas municipales por el valor de $100".
Para el edil de Cambia Mendoza es “conveniente extender el beneficio de modo que la medida propuesta cobre atractivo para todos los vecinos del departamento y de este modo alentar económicamente a los particulares a reconvertir sus fuentes energéticas hacia métodos ambientalmente sustentables”.
El descuento de cien pesos por cada mil pesos invertidos en fuentes de energías limpias, se actualizará cada año y para acceder el vecino deberá presentar los comprobantes válidos bajo las normas de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para justificar la solicitud.
Para certificar que la nueva instalación realmente ayuda a la reducción de consumo de energía a través de las redes de servicio tradicional, "el contribuyente deberá presentar la facturación del servicio correspondiente al último".
Según el artículo sexto el bono adjudicado al contribuyente "podrá ser utilizado únicamente para la cancelación parcial o total de las tasas sobre la propiedad afectada por la inversión y tendrá validez por tres años a partir de su otorgamiento".