El fallo del Juzgado de Familia y Menores Nº 2 de Villa Mercedes autorizó a una pareja que no puede concebir hijos biológicos a subrogar un vientre, en este caso, la portadora gestacional será la hermana de la mujer.
La doctora Mariana Sorondo Ovando, subrogante del Juzgado de Familia y Menores Nº 2, autorizó a la pareja porque consideró que todas las partes disponen de las herramientas para afrontar la gestación y el embarazo del niño por nacer.
Con el fallo de la Justicia, la pareja podrá realizar la transferencia embrionaria en el útero de la gestante, a través de la técnica de reproducción humana asistida. Así como también, una vez que el bebé nazca, la pareja podrá inscribir al niño o niña por nacer en el registro civil, pero tienen la obligación de informarle sobre su realidad gestacional.
Según informó prensa del Poder judicial de Villa Mercedes, los óvulos y espermatozoides serán aportados por la pareja, quienes poseen la voluntad procreacional, fundándose en el derecho a formar una familia, el derecho a la identidad y el derecho a recibir todo el respeto y la máxima protección por parte del Estado y del ciudadano común.