La Cámara de Apelaciones de Concarán de la provincia de San Luis condenó, en un juicio abreviado, a seis años de prisión a un hombre que abusó de su hija durante aproximadamente 4 años, informaron fuentes judiciales a Télam.
El acusado que reconoció ser el autor material y penalmente responsable del delito, en perjuicio de su hija adolescente, fue condenado por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante por su duración en el tiempo, agravado por el vínculo y la convivencia preexistente.
Los hechos ocurrieron en la Villa de Merlo, distante a 197 kilómetros de esta capital y tomaron estado judicial en septiembre de 2016, cuando la víctima tenía 13 años y refirió haber sido víctima de los ultrajes de su padre desde hacía 4 años atrás.
Según las fuentes, la chica confesó su situación ante la líder de jóvenes de la iglesia evangélica a la que asistía, luego de una charla referida a abusos sexuales, donde les relató que había sido abusada por su papá en distintas oportunidades, en la vivienda familiar y durante la ausencia de su madre.
Los miembros de la iglesia, le aconsejaron que hablara con su mamá, a fin de efectuar la denuncia correspondiente, situación que se concretó un día después ante la fiscalía del Juzgado Multifuero con asiento en Santa Rosa y se pidió instar la acción penal.
La primera medida judicial, fue ordenar la prohibición de acercamiento del denunciado en favor de su hija y de todo el grupo familiar formado por su esposa, y otro hijo de 3 años de edad.
Se solicitó, además, la realización de una Cámara Gesell a la menor; una pericia psicológica-psiquiátrica al acusado, y se llamó a audiencia a los dos integrantes del templo que escucharon el testimonio de la joven.
El comienzo del debate oral para definir la situación procesal del atacante se programó para el miércoles último, pero el acusado asumió ser el autor de los ultrajes a su hija, solicitando por medio de su abogado particular, Mario Mini, culminar el proceso en un juicio abreviado que concluyó con la condena del hombre.
Los miembros del Tribunal Penal de la Tercera Circunscripción Judicial, hicieron lugar a la petición, motivo por el cual la defensa particular del acusado, junto con el Fiscal de Cámara, Mario Néstor Zudaire, y el Defensor subrogante de Niñez y Adolescencia, José Francisco Pérez, presentaron la siguiente acta acuerdo:
- I.- De conformidad a lo normado en el Art. 363 del C.P.Crim., el Sr. A.M.O., (…) reconoce la presencia de los hechos históricos, acontecidos al momento de cometerse los injustos penales.
- 2.- Reconoce también el encuadramiento jurídico de su conducta, en los términos del artículo 119, 1° párrafo, con agravante del último párrafo, Inc. b., del Código Penal, esto es ABUSO SEXUAL SIMPLE; acordando las partes una modificación en la calificación de la conducta atribuida por la requisitoria fiscal.
- 3.- Reconoce además, ser el autor del delito que se le endilga.
- 4.- Que presta acuerdo a la imposición de la pena de SEIS AÑOS de prisión, de cumplimiento efectivo.
- ATENUANTES: la falta de antecedentes.
- AGRAVANTES: no se encuentran.
- 5.- Que el imputado, acepta el acuerdo al que han arribado su abogado defensor y los representantes del Ministerio Público Fiscal.
- Sírvase V.E., proveer de conformidad lo expresado y dicte sentencia homologatoria del acuerdo celebrado”.