Nuevo fallo judicial que concede la prórroga de la restricción en la circulación de personas en el micro y macrocentro de la ciudad de Resistencia en el marco de la pandemia, la jueza de Garantías, María de las Mercedes Pereyra establece “deberes y obligaciones” a la Policía del Chaco y a la Subsecretaría de Prevención y Seguridad en Abordaje Territorial de la provincia.
Puntos destacados de la Resolución judicial:
- Restricción de circulación de personas en el macrocentro de la ciudad de Resistencia, comprendido en el cuadrante formado por las Avenidas Laprida, Lavalle, Avalos, Hernandarias, Alvear, Castelli, Las Heras y Vélez Sarsfield.
- Establece imponer la prohibición de aglomeración y permanencia de más de cinco personas, dentro del perímetro de dicho cuadrante, a cielo abierto, como ser espacios verdes de acceso público, plazas, veredas y calles.
- Permite dar intervención a la Policía de la provincia del Chaco, a los fines de la ejecución y monitoreo de estas disposiciones, a través de la Subsecretaria de Prevención y Seguridad en Abordaje Territorial.
- Disponer el control y monitoreo, para evitar la aglomeración de personas o el incumplimiento de la distancia social, en los siguientes barrios: La Liguria, Villa Rio Negro, Villa Centenario, Villa Palermo 1, Villa El Dorado, Don Alberto, Villa Palermo 2, Don Andrés, y Villa Libertad, a cargo de la Policía del Chaco.
- Recomendar al Poder Ejecutivo provincial, la instalación de Puntos de Consulta Ciudadana, ubicados en las intersecciones de las avenidas mencionadas en el punto i), que podrán contar con la presencia de diversos funcionarios y mediadores, para recepcionar las consultas y peticiones que los habitantes de Resistencia y Gran Resistencia deseen realizar al Poder Ejecutivo Provincial y al Gabinete que lo acompaña, a fin de evitar la propagación del virus COVID-19 por aglomeración de personas en el área del micro y macrocentro.