Dado el aislamiento preventivo obligatorio que rige en la provincia y el país, el Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (InSSSep) dispuso medidas para garantizar celeridad y eficacia en la atención a sus afiliados a través del uso de la tecnología informática. El objetivo es responder a la creciente cantidad de infectados, la advertencia emanada desde la Organización Mundial de la Salud (OMS) en cuanto a que el contagio de COVID-19 puede tener mayores consecuencias en algunos grupos como ser, ancianos y personas de cualquier edad que padecen ciertas enfermedades de base (hipertensión, afecciones cardiacas, enfermedades pulmonares, oncológicos, diabéticos, etc.), teniendo en cuenta además que las y los afiliados con enfermedades crónicas, integran los grupos de riesgo de esta pandemia.
Entre las medidas adoptadas se autorizó el uso de recetas electrónicas (por medio del sistema de conectividad) a afiliados InSSSeP que poseen coberturas especiales, para sumar la posibilidad que están brindando los médicos a las y los afiliados, de poder contactarse de manera no presencial. De esta manera, cada profesional podrá realizar la prescripción de los medicamentos mediante el uso de la receta electrónica, sin necesidad de requerir la presencia obligatoria del paciente. La utilización de un esquema de seguridad de acceso al sistema InSSSeP por medio de usuario y contraseña (que la totalidad de los médicos prescriptores InSSSeP posee y utiliza habitualmente), asegura que se trate de una prescripción válida.
Este sistema identifica tanto al prestador prescriptor (verificando que se encuentre habilitado para realizar la prescripción) como al afiliado, (validando automáticamente en línea y en tiempo real su estado de afiliación). Los pasos que se seguirán serán los siguientes: El médico deberá utilizar la funcionalidad “Prescribir Medicamentos” que posibilita que informe en línea y en tiempo real al InSSSeP las prescripciones de medicación que necesite realizar a nuestros afiliados con coberturas especiales. Luego, el profesional enviará al afiliado una foto del resultado de la prescripción, de los medicamentos por whatsapp o e-mail. Es decir, para estos casos, no es obligatoria la impresión de las recetas electrónicas que genera el sistema. Ahí, el afiliado, si existen medicamentos que deben ser autorizados, podrá gestionar su autorización a través de la aplicación InSSSePFarma “Trámites”, utilizando la imagen enviada por el médico prescriptor o dirigirse a una delegación del InSSSeP a gestionar la autorización (no recomendable ante esta pandemia).
Cumpliendo estos pasos, cuando los medicamentos se encuentren autorizados, el afiliado podrá: solicitar el medicamento a las farmacias sociales habilitadas mediante InSSSePFarma con el fin de verificar su disponibilidad y dirigirse a retirarlos en el momento en que se lo confirmen. Luego, deberá dirigirse directamente a la farmacia social. Esta quedará habilitada a expender los medicamentos autorizados prescriptos por receta electrónica sin la necesidad de requerir la presentación obligatoria (por parte de los afiliados), de la prescripción en papel, firmada y sellada por el profesional, siempre que la farmacia social pueda validar en el sistema de expendio SUFAR los medicamentos prescriptos y autorizados por medio de la receta electrónica.