En medio del juicio hacia la magistrada de Comodoro Rivadavia, Mariel Suárez, por incumplimiento de sus obligaciones, el juez a cargo la sobreseyó. No obstante, la Fiscalía rechazó esta medida e insistió en que se la destituya definitivamente.
Cabe recordar que de momento no se encuentra ejerciendo como magistrada ya que estuvo atravesando un Jury de Enjuiciamiento por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionaria pública y subsidiariamente, así como también por omisión de los deberes de oficio.
En diciembre del 2021, Suárez tuvo al menos dos encuentros con el preso Cristian “Mai” Bustos, en donde ambos se habrían besado. Para acudir al penal de Trelew, la mujer aseguró tener un problema de salud y no participó de una audiencia de planificación para uno de esos días.
La acusación sostuvo que la jueza, al mentir sobre su estado de salud -pues no tenía ningún problema-, retrasó la realización de un acto propio de su función como Jueza Penal de turno, en base a lo que comprende el artículo 71, inc. 2, 217 y 219 del Código Procesal Penal.
El primer encuentro íntimo entre ambos se llevó a cabo el 29 de diciembre, y el segundo fue el 30 de dicho mes, en el Instituto Penitenciario Provincial. Mientras las cámaras de seguridad filmaban a ambas personas sentadas muy cercas, la magistrada supuestamente estaba entrevistando al recluso.
Fue el juez a cargo del caso, Carlos Ariel Tedesco, quien hizo lugar al planteo de la defensa. De esta manera, dictó el “sobreseimiento definitivo” de la funcionaria, aunque sin el acuerdo de los fiscales, quienes decidieron apelar.
Juicio contra Mariel Suárez: los planteos de la Fiscalía
En un escrito fiscal presentado en una de las audiencias, según publicó ADNSUR, se expresa: “Es claramente una arbitrariedad que en este caso es delictiva, ya que es un abuso funcional el retrasar el acto, lo que tuvo por efecto que el sr. Ahmed pasara una noche entera privado de su libertad”.
Teniendo en cuenta el Código Penal Procesal, se insistió en que la doctora -de manera engañosa- retrasó un acto propio de su función. Dicha demora es atribuible a la jueza Suárez y no a la oficina judicial o a la Fiscalía, cuyo accionar fue calificado como doloso y deliberado.
El tribunal rechazó, de esta manera, el planteo de la defensa por sobreseer a la acusada, y podría ser retirada de su cargo de forma definitiva. Cabe destacar que el sobreseimiento es el acto de suspender un procedimiento judicial, por falta de pruebas o por otra causa.