Un hombre de 23 años identificado como Brandon Jesús Torres fue condenado a 11 años de prisión efectiva por la autoría del homicidio de Matías Ariel Bejarano cometido el año pasado en Rafaela.
El fiscal a cargo de la Unidad Fiscal Especial de Homicidios de la Fiscalía Regional 5, Martín Castellano, dirigió la investigación que permitió llegar a la condena. En tanto, la sentencia fue dispuesta por el juez Gustavo Bumaguin en un juicio en el que se abreviaron los procedimientos que se desarrolló por zoom en los tribunales rafaelinos.
“En el marco del procedimiento abreviado se valoraron como circunstancias agravantes, entre otras, la extensión del daño causado, la naturaleza de la acción desplegada y la intervención del condenado en el hecho”, explicó el fiscal. “Por otra parte, también se ponderó como circunstancia atenuante la ausencia de antecedentes condenatorios computables”, añadió.
Disparo con una carabina
Los ilícitos fueron cometidos entre las 22:10 y las 22:15 del viernes 10 de junio de 2022 en la intersección de las calles Manuel Obligado y Benito Juárez, del barrio Villa Podio. Castellano relató que “Torres estaba en la vereda de su casa ubicada en Manuel Obligado al 1300, cuando advirtió la presencia de Bejarano en la intersección de Manuel Obligado y Benito Juárez”. En tal sentido, el fiscal del MPA agregó que “fue hacia donde estaba la víctima y le disparó con una carabina calibre 22 que, según las pericias posteriores que se hicieron, estaba en condiciones inmediatas de uso”.
“Torres actuó con conocimiento del posible resultado mortal y de la letalidad del arma de fuego que estaba utilizando”, planteó el fiscal y añadió que “lo hizo con una clara voluntad de obtener el resultado que finalmente logró, es decir, la muerte de Bejarano”.
Por otra parte, el representante del MPA concluyó que “Torres no tenía la debida autorización para portar la carabina que utilizó para matar a Bejarano”.
Abreviado
Torres reconoció expresamente su responsabilidad penal como autor de los delitos de homicidio doloso agravado (por su comisión con arma de fuego) y portación indebida de arma de fuego de uso civil.
Por su parte, la Defensa del condenado aceptó la calificación penal propuesta por la Fiscalía, la pena de cumplimiento efectivo impuesta y la decisión de abreviar los procedimientos del juicio.
Finalmente, la madre de Bejarano, quien estuvo presente en la audiencia, expresó su plena conformidad con el procedimiento abreviado y con la pena impuestas.