En sesión extraordinaria, el Concejo Deliberante de Bahía Blanca, aprobó el expediente 1406, presentado por el bloque de Juntos, en el cual se exime de pago la Tasa por Alumbrado, Limpieza, y Conservación de Vía Pública titulares de viviendas afectadas por el temporal.
Entre los vistos y considerandos, la presentación se refiere al temporal que afecto a la región el 16 de diciembre pasado y cita sus consecuencias: “frente de tormenta que provocó destrozos de todo tipo: caídas de árboles, postes de luz y columnas de alumbrado, vidrios estallados, vehículos desplazados y/o dañados, inundaciones y gente evacuada de sus hogares, voladura de techos y materiales, destrozos, en instituciones deportivas, espacios públicos, establecimientos educativos, mobiliario urbano, corte total del servicio de energía eléctrica en toda la ciudad”.
Por tal motivo, y luego de citar casos icónicos de los daños producidos en la ciudad, el cuerpo legislativo aprobó con fuerza de ordenanza la eximición del pago de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Tasa de Salud a contribuyentes titulares de viviendas únicas familiares de uso permanente afectadas por las consecuencias del temporal que cumplan los siguientes requisitos:
- Valuación Fiscal de hasta $ 4.000.000
La misma será otorgada a titulares de viviendas únicas familiares de uso permanente afectadas por las consecuencias del temporal que así lo soliciten por nota presentada ante el Departamento Ejecutivo y que cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma y su correspondiente reglamentación.
Este beneficio tendrá vigencia por el plazo que se extienda la Emergencia económica, social y sanitaria en el Partido de Bahía Blanca.
También se dio el visto bueno a un proyecto de ordenanza por el que se exime del pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, para los meses de enero, febrero y marzo de 2024 a los contribuyentes cuya facturación mensual del mes de diciembre de 2023 no supere los $5.000.000 y que acrediten haber sufrido pérdidas de mercadería o daños materiales.
En el caso de los contribuyentes cuya facturación supere dicha cifra ( 5 millones de pesos) y sea inferior a $20.000.000, se prorroga el vencimiento de los anticipos de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo y junio de 2024 por 180 días.