Hace algunos días atrás, la Liga Mendocina de Fútbol realizó un pedido al Gobierno provincial para que el público pueda retornar a los estadios. Y este viernes, esa petición tuvo una respuesta positiva y se autorizó la presencia de hasta 250 personas en espacios abiertos.
El Decreto 1650/20, lleva la firma del subsecretario de Deportes Federico Chiapetta autoriza hasta 250 personas es espacios abiertos. El comunicado destaca que se “aprobó el protocolo para la competencia de deportes grupales e individuales, en espacios públicos y en establecimientos públicos y privados de todo el territorio provincial”.
De esta manera el Gobierno autorizó desde este viernes la presencia de público en los eventos deportivos, siempre y cuando se respete la distancia social para evitar contagios de Covid-19.
Por su parte, la Liga Mendocina agradeció al gobernador Rodolfo Suárez y a Federico Chiapetta, Subdirector de deportes de la provincia, por permitir que un cupo mínimo de personas pueda asistir a las canchas. Además, expresaron su agradecimiento por entender la situación que atraviesan los clubes en esta época de pandemia.
En lo que respecta a los deportistas, para la práctica en espacios públicos y en establecimientos deportivos públicos y privados en diciembre de 2020 se estableció la resolución N° 002810 que destacaba la importancia de la actividad física y el deporte durante la pandemia.
Los protocolos sanitarios vigente:
. No salivar en ningún espacio.
. No tocarse boca, nariz ni ojos.
. No toser o estornudar sobre el pliegue del codo.
. Higiene de manos
. Se recomienda a las personas incluidos en los grupos de riesgo para Covid-19, no participar de las competencias.
. No es necesario el uso de tapabocas durante la práctica y/o competencia deportiva. Es, en cambio, obligatorio en todo momento anterior o posterior a la actividad deportiva especifica.
. El espacio donde se encuentre desarrollando la actividad debe contar con Kit de Limpieza y desinfección para los usuarios.
. Los deportistas deberán guardar la distancia de seguridad de 2 metros durante todo el tiempo en el que no estén desarrollando la práctica y/o competencia deportiva.
. Los jugadores, cuerpo técnico, personal y dirigentes de los equipos deberán completar la declaración Jurada de Salud establecida por la autoridad sanitaria provincial, que de fe, de no atravesar síntomas de COVID-19 actualmente, para poder participar de la competencia. Esta información debe ser elevada a los organizadores ante su demanda.
. Los turnos para las prácticas y/o competencias deportivas deben considerar el tiempo necesario para la realización de las mismas, como para el ingreso y egreso y la correspondiente desinfección de las instalaciones y evitar la aglomeración de personas.
. Para las competencias deportivas que requieran de largadas y llegadas a metas, priorizar el protocolo vigente (distanciamiento social, aglomeración, etc.), exceptuando aquellos deportes que cuentan con protocolos aprobados de sus Federaciones y/o Asociaciones Nacionales.
. No está permitido ningún tipo de acto de premiación.
. Recomendar a los deportistas, concurrir al establecimiento munido solamente de lo imprescindible para el desarrollo de la actividad a realizar.
. La hidratación es personal y no podrán ser compartidos bajo ninguna circunstancia, cada participante deberá concurrir con su propio kit de higiene personal (toalla, jabón, alcohol en gel, 1 tapaboca adicional, etc).
Ingreso e egreso a las instituciones
. Entrada y salida independiente (delimitada y señalizada).
. Los equipos deben utilizar el mismo lugar de entrada y salida a las canchas para el control de los jugadores.
. Verificar que en el ingreso, permanencia y egreso de los espacios de práctica de la competencia, no haya contacto con otra persona, respetando la distancia mínima de 2 metros.
. Puntualidad en el ingreso y egreso, sin tolerancia. Los ingresos y egresos de las Instituciones serán escalonados y organizados por los responsables de la actividad.
. Una vez finalizada la competencia deportiva, no se permite la permanencia en el predio, ni alrededores, tampoco la organización de reuniones postpartido.
Espacios para la práctica y organización de la actividad
. Todos los espacios de las instituciones que se utilizarán en la competencia, deberán ser previamente desinfectados, contar con alcohol en gel o sanitizante de fácil acceso,
. Se autoriza el uso de baños y camarines. Los camarines sólo en la modalidad cambiadores, no se permite la utilización de duchas.
. Se deberán usar los camarines de acuerdo a los espacios con los que cuenta cada Institución, teniendo en cuenta la ocupación espacial sugerida de una persona cada 4 metros cuadrados.
. Todas las personas que participen de las competencias, deben conocer estrictamente las medidas de higiene indicadas por las autoridades pertinentes, recayendo sobre los dirigentes de las instituciones y/o equipos, la responsabilidad que conlleva el incumplimiento de las mismas.
. Respecto a los árbitros, los organizadores, serán los responsables de garantizar que se apliquen y respeten las normas de higiene durante la competencia. Los elementos y material a utilizar (silbato, botellas de hidratación, etc.) son de uso personal y no deben compartirse
. Se recomienda no realizar tercer tiempo.
. Confeccionar un registro de los asistentes a la institución (nombre y apellido, DNI, fecha, hora y teléfono de contacto). Fuentes Los Andes y El Sol