El Honorable Concejo Deliberante (HCD) del departamento de La Paz, aprobó la resolución que determina que los familiares de empleados municipales fallecidos tendrán "prioridad" para acceder a un puesto público. Según las autoridades de la comuna, esta nueva reglamentación se aplicaría sólo para "casos puntuales". Sin embargo, generó polémica en el peronismo, que es minoría.
El ingreso de personal a los municipios debería regirse por la ley 5.892 que establece concurso de los postulantes a través de una Junta de Selección, pero en general no sucede y el ingreso suele ser una decisión del intendente y su gabinete. Así, la resolución aprobada en La Paz se apoya en otra norma vigente, en lo que dice el Estatuto del Empleado Público 560/73, cuando sostiene que para el caso del "fallecimiento de un agente", la autoridad de la dependencia en que se desempeñaba "podrá designar a la viuda o un hijo de aquel sin prueba de selección en un cargo vacante de nivel inferior...".
Este hecho tiene un antecedente muy reciente. En agosto de 2017, el Concejo Deliberante de Santa Rosa aprobó, con el voto de siete concejales, una ordenanza que sostenía que en caso de jubilación o fallecimiento de un empleado municipal, la comuna debía garantizar para alguno de sus familiares directos un puesto de trabajo dentro de la planta de personal: "Es una costumbre que se sigue en otras entidades del estado, como es Vialidad", sostuvieron los autores en aquel momento.