Por un error judicial, la justicia debió absolver y darle la libertad a un hombre acusado de haber asaltado a un colectivero. El testigo principal del caso –el conductor- nunca fue llamado a declarar y por lo tanto no se pudo conocer la versión de la víctima.
El juez Mateo Bermejo debió absolver a Julio Sosa Rivera, quien fue juzgado por el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego, acusado de asaltar a un colectivo en Godoy Cruz.
La semana pasada, durante los alegatos, el defensor de Sosa, el abogado Sergio Carreño había solicitado que su cliente fuera absuelto; en tanto que la Fiscalía de Robos y Hurtos había pedido para Sosa una condena de cinco años de cárcel. El juez se inclinó por la posición de Carreño quien marcó durante su alegato los errores de la representante del Ministerio Público Fiscal.
Durante la audiencia saltó a la luz que desde la Fiscalía de Robos y Hurtos, no se había incluido en la lista de los testigos a la víctima de robo. Esto debe hacerse durante el ofrecimiento de pruebas, previo al debate. Tampoco estaba citada para declarar la mujer policía que le tomó declaración a la víctima.
La situación entre el abogado Carreño y la representante del Ministerio Público Fiscal fue de una tirantez tal que el abogado interpuso un Jury de enjuiciamiento, señalando no solo los errores procesales –que afectarían el derecho a defensa- sino también ciertos destratos de la fiscal actuante.