Preparan la reapertura de restaurantes, bares y cafés

El Gobierno de Mendoza evalúa avanzar en la permanencia de clientes en los locales gastronómicos. Crearon un protocolo para la actividad.

Preparan la reapertura de restaurantes, bares y cafés
Mendoza con las calles vacías por la cuarentena

Con la publicación del Decreto Nacional 613, autorizaron la apertura de locales comerciales, restaurantes, bares y cafés en Mendoza. Sin embargo, empleadores, trabajadores y clientes tendrán que ajustarse a las instrucciones del Comité de Vigilancia Epidemiológica del Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de la Provincia para evitar contagios y la propagación del Covid-19.

Por ahora, los locales gastronómicos pueden atender al público bajo la modalidad del "pase y lleve", sin permanencia en el local. Pero, el Gobierno local apunta a que puedan abrir sus puertas con permanencia de clientes en el local a partir del 18 de mayo, siempre que se respete el protocolo creado para esta actividad.

En las últimas horas, se oyeron voces a favor y en contra de la reapertura de los locales bajo estas medidas. Los empresarios están preocupados por la baja rentabilidad y por lo difícil que se les hace poder pagar los sueldos de sus empleados.

"Son muchos condicionamientos los que tenemos para volver a abrir y la realidad es que tenemos muchos costos fijos. Lo que estamos pidiendo es que para esta fase nos sigan sosteniendo el beneficio del ATP (Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción), como se hizo en España por ejemplo, sino, en este escenario se nos hace más adverso para sostener los costos y todo es a pérdida", explicó a diario El Sol el presidente de la  la Unión de Trabajadores de Turismo, Hoteleros y Gastronómicos de la República Argentina (AEHGA), Fernando Barbera.

Modalidad pase y lleve. Foto: El Sol.
Modalidad pase y lleve. Foto: El Sol.

Protocolos para cafés, bares y restaurantes

- Un máximo de cuatro personas por mesa.

-La premisa principal es que ni clientes ni trabajadores pueden acercarse a más de un metro y medio, por lo que las mesas deben respetar esa distancia y tener cada una alcohol en gel disponible.

-En la entrada deberá haber felpudos con solución de agua y lejía para asegurar la desinfección de las suelas de los zapatos.

-El local deberá disponer de una persona que, previo al ingreso del personal , tomara la temperatura a cada empleado (con termómetro infrarrojo de distancia). Si alguien registrara temperatura 37,5 o más, no se permitirá su ingreso e inmediatamente será separado del resto, con una distancia superior a 5 metros

-El mostrador de la recepción deberá contar con barrera de protección física que separe al trabajador del cliente, con vidrio o nailon tipo Cristal con una cinta u otro elemento que garantice mantener la distancia de 2 metros.

-Deberán limpiar mostradores cada una hora y las mesas siempre que se retiren los clientes, con una solución de agua y lavandina.

-Se recomienda utilizar reserva previa y pagar con medios electrónicos.

-Retirar todos los folletos, fichas y revistas y reemplazarlos por información digital.

-El establecimiento deberá capacitar al personal sobre cómo realizar las tareas diarias de forma más segura y capacitar en el uso los equipos de protección individual e higiene.

-Es obligatorio intensificar la limpieza y desinfección de todos los espacios de trabajo y de atención al público al menos tres veces al día.

Recomendaciones para el personal

-Mantener una distancia de 1,5 metros ante cualquier persona.

-No permitir el uso del celular en la zona de trabajo. Si, por extrema necesidad es usado, se debe proceder automáticamente a nueva higiene de manos.

-Desinfectar manos con solución de alcohol al 70% o gel alcohólico antes de tomar los pedidos y después de manipular dinero. Realizar un lavado exhaustivo de manos cada 30 minutos.

-No trabajar con la ropa de calle, tener uniforme y zapatos exclusivamente para la tarea y lavarlos periódicamente.

-Colocar una cinta roja o azul que marque la distancia de 1,5 metros entre la barra de despacho y/o cajero y el cliente o mozo ante un pedido.

-Desinfectar las computadoras, relojes de fichada y cajas registradoras con un trapo con agua y lavandina.

-Prohibir el ingreso a los grupos de personas de riesgo.

-El uso de tapabocas es obligatorio en espacios comunes.

-Toser o estornudar sobre el pliegue del codo. No tocarse la cara con las manos.

-No compartir megáfonos, radios, teléfonos ni micrófonos.

-Los trabajadores que tengan 60 años o más o que se encuentren en los grupos de riesgo enunciados en el Decreto 260/2020 del Poder Ejecutivo Nacional poseerán licencias, las cuales no afectarán la percepción de las remuneraciones normales y habituales.

-Se debe resguardar la integridad física de los trabajadores, evitando situaciones de hacinamiento y asegurando condiciones de limpieza, desinfección y ventilación del lugar.

-Si en el lugar de trabajo se presentan síntomas como fiebre, dolor de garganta, tos seca y/o dificultad para respirar, el personal está obligado a informarlo a sus empleadores, quienes seguirán con el protocolo correspondiente ante esa situación.

En la cocina

-Limpiar pisos y paredes de cocinas frecuentemente utilizando cloro (lavandina) y derivados. Desinfectar con mayor frecuencia menús, mostradores, mesas, barras, pasamanos y picaportes.

-Cocinar los alimentos por encima de los 70ºC y reforzar la cadena de frío.

-Lavar vajillas y cuberterías con temperaturas superiores a 80 grados centígrados.

-Lavar de mantelería, servilletas y ropa de trabajo a temperaturas superiores a los 60 grados centígrados.

-Preservar la cadena de frío y mantener los alimentos conservados protegidos físicamente en todo momento mediante recipientes.

-Limitar la manipulación por parte de los clientes y evitar que se comparta ajuar o comida.

-Revisar que todas las zonas de lavados de manos y utensilios estén abastecidas con jabón desinfectante y papel secamanos.

-Cubrir los alimentos con film o tapas en todo momento.

-Ventilar el local adecuadamente después de cada turno.

Permisos

-El empleador deberá proveer al trabajador de un certificado para ser presentado eventualmente ante la autoridad policial de control. (art. 6 de la Resolución 219/2020). En caso de independientes, tramitar el permiso a través de la página de AFIP, o la declaración jurada adjunta.

-El trabajador antes de retomar sus tareas deberá llenar la declaración jurada de salud.