La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata declaró este miércoles la inconstitucionalidad de un decreto provincial que exige contar "con libre deuda de infracciones de tránsito", como requisito para obtener el carnet de conducir.
Entre los argumentos del fallo se explicó que "nuestra provincia posee un régimen específico propio para perseguir el cobro de las multas que se imponen a los infractores de tránsito". Además se agregó que "esto aleja aún más la posibilidad de poder interpretar que por deudas vinculadas a multas puede impedirse el acceso a la obtención de la licencia de conducir":
Los camaristas Gustavo Juan De Santis, Claudia Angélica Milanta y Gustavo Daniel Spacarotel rechazaron las apelaciones presentadas por la Municipalidad de La Plata y la Fiscalía de Estado Bonaerense. En marzo de este año, el juez en lo correccional Ruiz se pronunció por la inconstitucionalidad de la norma provincial.
En ese fallo, se dio lugar a una acción de amparo que fue promovida por Mariano Martinelli, a quien se le negó la obtención del carnet de conducir por tener cinco multas impagas. El magistrado ordenó a la comuna local que en siete días se reanude el trámite iniciado.
Sin embargo, la Municipalidad y la Fiscalía de Estado podrían recurrir a la Suprema Corte de Justicia Bonaerense, lo que no finalizaría el caso Martinelli, informaron fuentes de Tribunales a El Día.