Por instrucción del presidente Alberto Fernández, el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Martín Soria, presentó un escrito ante la Corte Suprema de Justicia para que se declare la inconstitucionalidad de la reforma de la Constitución de Jujuy.
Según se informó oficialmente, se trata de una acción declarativa -en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación- ante la Corte Suprema para que se declare la inconstitucionalidad de los artículos del texto sancionado el pasado 20 de junio por la Convención Constituyente jujeña que “vulneran los derechos y garantías establecidos en la Constitución Nacional, en la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y tratados internacionales que integran el bloque de constitucionalidad junto con la Carta Magna; así como con el Convenio 169 de la OIT”.
La presentación, formalizada este viernes por la mañana, fue redactada por los equipos técnicos de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia; la Dirección Nacional de Asuntos Jurídicos Internacionales de la Secretaría de Derechos Humanos; y por el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas.
La demanda recoge aportes realizados por el ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
En un comunicado, el Gobierno informó que el escrito presentado plantea la “gravedad institucional” generada por la reforma parcial de la Constitución de Jujuy, ya que “está en juego el orden institucional de la república y el sistema democrático, así como los valores que lo sustentan”.
OBJECIONES DE ORGANISMOS INTERNACIONALES
La presentación destaca asimismo que organismos internacionales de derechos humanos, “con los cuales la República Argentina tiene compromisos asumidos, ya se han expresado sobre la reforma constitucional de la provincia de Jujuy y sobre los gravísimos hechos represivos ocurridos luego de la promulgación de la misma”.
De esta manera, hicieron referencia a la comunicación oficial emitida el martes 20 de junio por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que urgió al Estado argentino a “respetar los estándares interamericanos en materia de protesta social” y también a la comunicación que el Alto Comisionado de la Naciones Unidas por los Derechos Humanos (ACNUDH) envió al gobernador de la Provincia expresando que lo dispuesto en Jujuy “no se encuentra en línea con las obligaciones y estándares internacionales en materia de derechos humanos”.
Por otra parte, se afirma que “la manda del inciso 4° del artículo 67 de la Constitución jujeña contiene prohibiciones incompatibles con nuestra Constitución Nacional y con el Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, indicando que dicho inciso sienta las bases para la sanción de un reglamento represivo -por parte del gobierno de turno- que limite los derechos de reunión, protesta y huelga, consagrados en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
El escrito también solicita que se declare la inconstitucionalidad e inconvencionalidad de los artículos 94 y 95 de la nueva Carta Magna provincial, ya que -según el Gobierno central- durante el procedimiento de reforma de la Constitución provincial “se omitió la debida consulta a los pueblos indígenas interesados, en relación a diversas cuestiones que los afectan en forma directa”.