La Sala II Penal del Superior Tribunal de Justicia de Jujuy sobreseyó a la dirigente Milagro Sala en la causa conocida como "Luca Arias" -en la que había sido condenada a cuatro años de prisión por provocar "lesiones graves" a otro referente social en 2006-, al resolverse la prescripción de la acción penal, según informó su equipo de abogados.
La decisión fue emitida el martes, acorde con un recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el abogado defensor de la dirigente social, Ariel Ruarte.
Se hace lugar al pedido y se sobresee a Sala del delito de lesiones leves agravadas por el concurso premeditado de dos a más personas "por encontrarse prescripta la acción penal", según se puede leer en el documento resolutorio.
"El Superior Tribunal de Justicia termina validando una de las múltiples razones por las cuales decíamos que esta persecución era totalmente inconstitucional, ilegal e ilegítima", señaló Ruarte, uno de los abogados de Sala, al tiempo que recordó que la causa se corresponde con el sexto juicio que afrontó la principal referente de la organización "Tupac Amaru".
Sala fue juzgada por las lesiones que habrían sufrido dos personas, César "Luca" Arias y Juan Maidana, en el 2006, producto de un enfrentamiento entre dos organizaciones.
En ese momento, las víctimas efectuaron la denuncia formal y los fiscales ordenaron algunas medidas pero no se avanzó en imputaciones y se cerró la investigación.
Posteriormente, en 2016, estando el Juzgado Residual a cargo de Pablo Pullen Llermanos, se desarchivó la causa a raíz de un supuesto testimonio espontáneo que realizó Maidana -quien se encontraba privado de la libertad-, que dijo que Milagro Sala había estado en el enfrentamiento y actuó de manera directa para agredir, relató Ruarte.
"Fingiendo que Maidana se preocupaba por cómo andaba la investigación, Pullen Llermanos declara la nulidad del cierre de la causa, la procesa a Milagro y le dicta la prisión preventiva sin pruebas ni elementos necesarios más que ese testimonio y sin respetar las reglas constitucionales del país", apuntó Ruarte al respecto.
Sobre los recursos presentados luego de la condena, primero ante la Cámara de Casación Penal de Jujuy, el letrado refirió la inconstitucionalidad en "cómo se había llevado adelante todo el procedimiento; la nulidad en cuanto a la reapertura del proceso, a la construcción de la prueba y la forma en la que Maidana había dado su testimonio".
"¿Cómo le devuelve ahora el Estado estos cuatro años que estuvo privada de la libertad en esta causa, que han sido de angustia sin que se le respete su derechos constitucionales?", planteó finalmente Ruarte en favor de la exdiputada.