El Tribunal en lo Criminal Nº 1 de Jujuy condenó a José Ramón Aguirre a la pena de 20 años de prisión, por ser autor material y penalmente responsable de los delitos de "abuso sexual con acceso carnal agravado por resultar un daño grave en la salud mental de la víctima; y abuso sexual con acceso carnal en grado de tentativa en concurso real".
En distintos hechos ocurridos en marzo y abril de 2017 en un hotel de la ciudad de La Quiaca, el sujeto recurrió a potentes fármacos para que las mujeres perdieran el conocimiento. En uno de los casos, la víctima falleció tras sufrir una profunda una depresión.
Los jueces ordenaron que una vez que la sentencia quede firme, se obtenga el perfil de ADN del condenado a efectos de su incorporación al Registro Nacional de Datos Genéticos Vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
Consta en la acusación fiscal que el primer hecho ocurrió en el hotel "La Quiaca", de la ciudad fronteriza, donde el acusado se hallaba hospedado por supuestas razones laborales, junto a una mujer mayor de edad.
En esas circunstancias, entre la noche del 3 de marzo y la tarde del 5 de marzo de 2017, el imputado hizo consumir a la mujer, sin que se percate, un sedante y otra droga de la familia de las anfetaminas, con los que logró que la víctima perdiera el conocimiento.
De esa forma abusó sexualmente de la víctima quien posteriormente, de acuerdo a la acusación fiscal, "entró en un estado de profunda depresión y tiempo después falleció".
El segundo abuso ocurrió el 24 de abril de 2017, cuando el imputado estaba alojado nuevamente en el mismo hotel, también por supuestas razones de trabajo, junto a otra mujer.
Con el mismo modus operandi, el acusado logró que la víctima consumiera, sin saberlo, fármacos que la dejaron inconsciente y para luego intentar abusar sexualmente de ella.
Pero en ese caso, Aguirre no logró su cometido debido a la intervención del personal que trabaja en el hotel y de la policía.
El Tribunal estuvo integrado por las juezas, habilitadas, Ana Carolina Pérez Rojas, que se desempeñó como presidente de trámite; María Alejandra Tolaba y Claudia Cecilia Sadir; con secretaría a cargo de la Dra. Felicia Barrios.
Los fiscales, del Ministerio Público de la Acusación, fueron los abogados Marcelo Cuellar y Alejandro Bosatti, mientras que la defensa técnica del acusado fue ejercida por el letrado Gonzalo Ramón Puig.
En tanto, como querellante se desempeñó la Dra. Dora Geronazzo, miembro del Centro de Asistencia a la Víctima.
Los fundamentos de la sentencia, según informó el tribunal, serán dados a conocer dentro del plazo establecido por el Código Procesal Penal de la provincia, a partir de lo cual recién podrá ser apelada en una instancia superior.
Los voceros judiciales acotaron que el debate, iniciado el 17 de febrero, debió ser suspendido en marzo por el aislamiento social, preventivo y obligatorio dispuesto en el marco de la emergencia sanitaria por el coronavirus Covid-19.
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